Sardinas saladas

Desde la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) se ha emitido un comunicado sobre la detección de sulfitos no declarados en sardinas saladas.

Las latas de sardinas saladas fueron fabricadas en la Comunidad Valenciana y distribuidas a varias Comunidades Autónomas: Cataluña, Murcia, Aragón, Madrid, Castilla y León y Castilla La Mancha.

El producto contiene sulfitos, un aditivo usado como conservante, antimicrobiano y antioxidantes considerado como alérgeno por el Reglamento (UE) nº1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

¿Cómo y cuándo deben declararse los sulfitos?

El Reglamento establece que todo ingrediente o coadyuvante tecnológico que figure en su anexo II o derive de una sustancia o producto que figure en dicho anexo que cause alergias o intolerancias y se utilice en la fabricación o la elaboración de un alimento y siga estando presente en el producto acabado, aunque sea en una forma modificada, se indicará en la etiqueta mediante una referencia clara y de forma destacada.

Pero para el dióxido de carbono y los sulfitos la obligación se dicta cuando se encuentren en el producto en concentraciones superiores a 10 mg/kg en términos de SO2 total.

Entendiendo que la concentración encontrada es superior a 10 mg/kg estamos ante un peligro para las personas alérgicas e intolerantes. La empresa responsable afirma que ha enviado muestras para que sean sometidas a un contra análisis porque no usan sulfitos.

Desde la página web de la AECOSAN se han facilitado los datos de las sardinas. Se recomienda a los consumidores alérgicos o intolerantes a los sulfitos, evitar el consumo del producto.

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Fuente: Cristina Arranz / Técnico de seguridad alimentaria de Ambientum,



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