En concreto, la organización pidió el resultado de las consultas transfronterizas con Portugal y la documentación complementaria al Estudio de Impacto Ambiental realizadas en relación al proyecto de construcción de la refinería Balboa en Extremadura.

Esta sentencia del TS declara que la Dirección General de Política Energética y Minas incumplió la legislación porque debía haber contestado la solicitud de información ambiental de WWF en el plazo de un mes.

Además, añade que la Secretaría de Estado de la Energía también incumplió la Ley porque denegó la información a la ONG cuando esta se la solicitó. El argumento no válido de esta última para no dar la información fue que en el momento de la solicitud de WWF aún no estaba aprobada la Declaración de Impacto Ambiental, por lo que se trataba de actos inconclusos sobre los que no había obligación de dar información.

El Tribunal Superior recuerda el derecho de los ciudadanos a exigir a los poderes públicos medidas para proteger el medio ambiente, así como el deber de los ciudadanos de protegerlo. En consecuencia, para que los ciudadanos puedan preservarlo de forma real y efectiva, tienen que poder participar en la toma de decisiones. Para lograrlo, recuerda que el acceso a la información ambiental es una herramienta básica.

Juan Carlos del Olmo, Secretario General de WWF España, manifiesta: “Nos alegramos de esta sentencia que confirma el acceso a la información ambiental como un derecho básico de los ciudadanos y que recuerda el deber de todos los poderes públicos -y no sólo del Ministerio de Medio Ambiente- de cumplir las leyes ambientales”. Y añade: “Sin embargo, es criticable que esta decisión haya tardado cuatro años en llegar”.



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