La Audiencia Nacional falló a favor de Oceana en 2009 dictando la entrega de los estudios, elaborados por el Instituto Español de Oceanografía (IEO) entre 2002 y 2005. La organización internacional de conservación marina sospecha que las reticencias en la entrega de la información solicitada sean indicio de la gravedad de los datos contenidos.

La sentencia de la Audiencia Nacional, conocida el 23 de diciembre de 2009, obliga al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino a facilitar esta información a Oceana de acuerdo con la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. La Audiencia Nacional reiteró esta obligación del Ministerio en diciembre de 2010. Oceana llevaba demandando infructuosamente esta información desde 2007 y tras el fallo de la Audiencia ha seguido reclamándola al Ministerio.

 Un fragmento de 104 páginas

Casi un año después del fallo, el 30 de noviembre de 2010, el Ministerio envió a Oceana un informe incompleto que solo incluía especies pesqueras de pequeño tamaño. A pesar de que el documento original constaba de varios tomos y cientos de folios, el Ministerio solo facilita un fragmento de 104 páginas en el que no aparecen especies como el pez espada, el marrajo o la tintorera. Este tipo de especies marinas, además de muy consumidas en España, son las que registran mayor bioacumulación de metales pesados.

“La reiterada negativa del Ministerio a facilitar los informes sobre los niveles de metales pesados y arsénico presentes en el pescado comercializado en España nos lleva a pensar que estos datos deben ser extremadamente graves. Dada la toxicidad del mercurio, Oceana teme que existan riesgos reales para la salud”, declara Xavier Pastor, Director Ejecutivo de Oceana Europa. “Por ello, exigimos que el Ministerio de Medio Ambiente entregue de inmediato  el informe original, tal como dicta la Audiencia Nacional y en cumplimiento de la legislación vigente”.

“La actitud del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino constituye un agravio al estado democrático de derecho, puesto que está obligado a acatar la sentencia dictada por la Audiencia Nacional de acuerdo con nuestra Constitución y, de esta manera, respetar el derecho que tienen los ciudadanos de acceso a la información ambiental que obre en poder de las autoridades públicas”, señala Ana Barreira, Abogada de Oceana y Directora del Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente.

El mercurio proviene de empresas contaminantes, como las fábricas de cloro que utilizan celdas de mercurio en sus procesos de producción y las centrales térmicas, cuyos vertidos terminan en el mar y en el pescado. Los mayores niveles se dan en especies como los cetáceos, el pez espada o los tiburones, ya que estos depredadores se encuentran al final de la cadena alimentaria y van acumulando el mercurio presente en los organismos que ingieren. En los últimos años, la presencia de altas concentraciones en determinadas especies  ha motivado en algunos casos su retirada en mercados de otros países de la UE, por lo que los datos actuales seguramente sean superiores a los solicitados en su día por Oceana, que corresponden a 2002.

“Los informes elaborados por el IEO para el Ministerio fueron realizados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado”, subraya Pastor. “Los contribuyentes han financiado con sus impuestos un estudio sobre la contaminación por mercurio del pescado que consumen y, a pesar de que la ley garantiza la transparencia informativa en aspectos medioambientales, el Gobierno oculta datos que podrían revelar una amenaza seria para la salud de los ciudadanos”.



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