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La Asociación de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (AUVMP) estima que actualmente hay en España unos 20.000 patinetes eléctricos de uso particular y 5.000 en alquiler, lo cual demuestra que añadirle un manillar al patín de Marty era la clave para su popularización (incluso Google lo contempla ya como opción de transporte al calcular una ruta).

El problema es que, aunque viniera anunciándose desde 1989, este es uno de los casos en los que la tecnología ha avanzado más rápido que la legislación, lo que ha llevado a un nivel muy alto de desinformación en cuanto a las normas de circulación a las que están sujetos los conductores. Las consecuencias: casi 300 accidentes en sólo dos años.

¿Cómo podemos protegernos ante esto?

La DGT advierte de que estos vehículos no son un juguete, por lo que se deben conducir con el mismo nivel de sensatez y atención que cualquier otro método de transporte motorizado.

Asimismo, es recomendable contratar un seguro que cubra los posibles daños ocasionados por accidentes y/o caídas, y evitar así que se conviertan en un problema mucho mayor. El comparador de seguros Acierto.com te da las claves para que estés informado y puedas sacarle el máximo partido a tu patinete eléctrico de manera responsable.

Circular con patinetes eléctricos: todo lo que debes saber

Cada vez más españoles han optado por el patinete eléctrico como medio de transporte. Sus ventajas principales son que no supone ningún esfuerzo físico, tiene un tamaño reducido (la mayoría  son plegables), resulta más económico y puede entrar en las zonas de circulación restringida, lo que lo hace ideal para trayectos cortos por la ciudad.

A la hora de hacerse con uno, es importante saber que se dividen en tres tipos en función de sus características:

  • Tipo A: Son aquellos patinetes de una o dos ruedas que circulan a un máximo de 20 km/h y pesan hasta 25 kg. Tienen capacidad para una 1 persona.
  • Tipo B: Los que alcanzan una velocidad máxima de 30 km/h, y un peso de hasta 50 kg. Tienen capacidad para 1 persona.
  • Tipo C: Estos pueden pesar hasta 300 kg y circular a un máximo de 25 km/h. Su capacidad es de entre 1 y 3 personas.

Carriles bici y calzadas

Actualmente, estos vehículos sólo están autorizados a circular por carriles bici y calzadas en las que el límite de velocidad sea de 30 km/h.

Sin embargo, al no existir una legislación a nivel estatal, las normas pueden cambiar ligeramente en función del municipio, ya que ahora son los ayuntamientos los que se encargan de definirlas. Ello hace que, dependiendo de la ciudad, por ejemplo, la edad mínima para conducir un patinete eléctrico pueda variar entre los 14 y los 16 años.

En cualquier caso, sí existen algunas normas compartidas mientras la DGT trabaja en alcanzar un acuerdo común, como pueden ser la prohibición de circular por vías interurbanas, calzadas peatonales y aceras, o que no sea necesario obtener un permiso de circulación para conducir este tipo de vehículos.

En cuanto al atuendo, la legislación no marca unas pautas específicas para los mayores de 16 años, pero sí recomienda el uso de casco, guantes y chaleco reflectante a todos los usuarios. Estas medidas de protección, sin embargo, serán exigibles en el caso de que el vehículo sea de alquiler, ya que la propia empresa lo podrá imponer como norma obligatoria para utilizar sus patinetes.

Un seguro para los patinetes eléctricos, ¿es obligatorio?

La DGT define este medio de transporte como Vehículo de Movilidad Personal, por lo que no es obligatorio asegurarlo. No obstante, es muy recomendable hacerlo ya que, en caso de provocar un accidente, será el conductor quien deba responsabilizarse económicamente de todos los perjuicios ocasionados.

La normativa, en cambio, sí exige a aquellos que vayan a utilizar el patinete eléctrico con una finalidad laboral a contratar un seguro, así como a las compañías de alquiler a proporcionar las coberturas necesarias a sus clientes.

Actualmente, los precios de los seguros para patinetes eléctricos empiezan en unos 20€ al año y pueden alcanzar hasta los 50 anuales, dependiendo del tipo de coberturas que se contraten.

Cada vez son más las aseguradoras que cuentan con este tipo de pólizas, donde las más básicas incluirán Responsabilidad Civil a terceros en caso de accidente, y a partir de ahí se podrán añadir defensa jurídica, daños accidentales a terceros y hasta robo, gastos de hospitalización, reparación de daños, etc.

Cabe destacar que la mayoría de compañías no cubrirán todos los tipos de patinetes, ya que, en general, los del C no suelen estar incluidos.

Por último, también es recomendable contar con un seguro de salud que garantice una excelente asistencia médica en caso de caídas y/o accidentes, ya que será la mejor manera de ahorrar y de estar protegido.

Fuente: Acierto.com,



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