Asimismo, introduce medidas de simplificación administrativa de acuerdo con la Directiva europea de Servicios en el Mercado Interior.

En líneas generales, el decreto actualiza los requisitos para la inscripción de las entidades y sus actividades, dota de un nuevo régimen jurídico al registro administrativo y establece las normas de control e inspección por parte de la Junta.

Respecto a la ampliación de los campos de actuación, el decreto incorpora actividades como la verificación de auditorías medioambientales y del comercio de emisión de gases de efecto invernadero, la evaluación de riesgos ambientales y la implantación de las etiquetas ecológicas. Hasta ahora, las entidades colaboradoras limitaban sus tareas de inspección y control a las áreas de residuos, suelos contaminados, prevención ambiental, contaminación atmosférica, vertidos y calidad de las aguas.

Por su parte, las mejoras de simplificación administrativa se refieren básicamente al proceso de inscripción, que se reducirá a una tramitación telemática. Con este fin, el decreto dispone la adaptación del Registro de Entidades Colaboradoras para facilitar su acceso vía internet. El desarrollo de la actividad de estas sociedades tan sólo requerirá de la comunicación previa y de su inscripción, en lugar del anterior régimen de autorización.

Finalmente, la norma establece la creación de un sello identificativo para las entidades. Este distintivo deberá incluirse en todos los informes que realicen, lo que permitirá a la Junta un mejor seguimiento de sus actuaciones.



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