En el ámbito de Cataluña, la anulación de este procedimiento de infracción es fruto de las medidas adoptadas por la Generalitat para solucionar los problemas detectados por la Comisión Europea en una primera inspección realizada entre septiembre y octubre de 2010 .

En el cierre de este procedimiento se han tenido también en cuenta las alegaciones de la Generalitat relativas al plan de acción estratégico de mataderos de équidos y pequeños rumiantes, la revisión de los procedimientos de control oficial y la aplicación del nuevo procedimiento de verificación de los controles oficiales, los métodos de sacrificio utilizados en determinados mataderos y de los expedientes sancionadores incoados.

El consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural ha valorado muy positivamente la decisión de la Comisión Europea y especialmente el esfuerzo de corresponsabilización realizado desde el sector con el apoyo de la Administración catalana para "mejorar los procedimientos y adecuar a las exigencias de bienestar animal y de protección de los animales".

Después de un proceso iniciado en 2002, en fecha de 29 de septiembre de 2011, la Comisión Europea adoptó un dictamen en el que se consideraba que no se garantizaba de forma continuada el cumplimiento de los artículos 5 y 6 de la Directiva 93/119/CE, relativa a la protección de los animales en el momento de su sacrificio y, contrariamente a lo previsto en los artículos 8, 54 y 55 del Reglamento (CE) 882/2004, no se verificaba la eficacia de los controles oficiales, no se tomaban medidas correctoras en caso de infracciones de las normas y no se imponían sanciones eficaces en caso de infracciones del cumplimiento de las normas de protección de los animales en el momento de su sacrificio.

Inspección de la Oficina Alimentaria y Veterinaria

Est dictamen se adoptó tras la primera inspección de la Oficina Alimentaria y Veterinaria (OAV), realizada en España en septiembre y octubre de 2010. En respuesta a las constataciones de la OAV, Madrid presentó un Plan estratégico de bienestar animal. En este Plan, Cataluña se comprometía esencialmente a revisar los protocolos de inspección en materia de bienestar animal y el procedimiento de verificación de los controles oficiales en mataderos, ya impulsar un plan de formación de personal de mataderos antes del 30 de octubre de 2011.

Posteriormente a la respuesta al dictamen dada por España, que se acompañaba, entre otros, de la respuesta de la Generalitat de Cataluña, la OAV realizó una segunda inspección en Cataluña y Murcia, entre enero y febrero de 2012, que tenía por misión hacer el seguimiento de la anterior inspección y comprobación de las medidas adoptadas por el Estado y por las comunidades autónomas a visitar.

En fecha 3 de marzo de 2012, tuvo lugar en Madrid una reunión con asistencia del equipo inspector al OAV y representantes de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición y de las comunidades autónomas, con el objetivo de exponer las conclusiones provisionales de la misión inspectora. Estas conclusiones, una vez consideradas definitivas, han llevado a la Comisión, con fecha 25 de abril, a decidir el cierre de este procedimiento de infracción. Este cierre aparece publicado en la página web de la Comisión Europea.



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