El nuevo Real Decreto permitirá continuar con el impulso ya realizado en 2012 al vehículo eléctrico mediante la concesión de subvenciones directas por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

En un contexto de restricciones presupuestarias, la línea mantiene la misma dotación de 2012, 10 millones de euros. El Gobierno quiere así apoyar el desarrollo de la movilidad sostenible y su tecnología asociada, que representa una oportunidad tanto desde un punto de vista industrial como de eficiencia energética y sostenibilidad ambiental.

Como novedad frente a las ayudas a la adquisición de vehículos eléctricos concedidas el año pasado, el Real Decreto aprobado incluye una simplificación de la tramitación, al eliminar las figuras de entidad colaboradora y agente de ventas.

Además, el interesado en percibir la ayuda podrá enviar la solicitud con firma electrónica, tramitándola directamente con el Ministerio de Industria, Energía y Turismo mediante la aplicación GESAVE.

Beneficiarios

Las ayudas se conceden para la adquisición, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos matriculados por primera vez en España. Podrán beneficiarse de las ayudas las personas físicas, autónomos y empresas privadas.

Son subvencionables los cuadriciclos, turismos, furgones, furgonetas y autocares eléctricos nuevos, entendiendo como tales aquellos cuya energía de propulsión procede, total o parcialmente, de la electricidad de sus baterías, cargadas a través de la red eléctrica.

El plazo de solicitudes será hasta el 30 de octubre para vehículos ya matriculados, o hasta el 30 de agosto para aquellos vehículos pendientes de matricular en el momento de la solicitud. Se aceptarán vehículos matriculados a partir del 1 de enero de 2013.

Ayudas

La cuantía de la subvención variará dependiendo del tipo de vehículo a adquirir y de su autonomía en modo de funcionamiento exclusivamente eléctrico: Turismos (M1) y furgonetas (N1):

  • Con autonomía de 15 a 40 km.
  • Con autonomía de entre 40 y 90 km.
  • Con autonomía de más de 90 km.)
  • Cuadriciclos ligeros (L6e)  1.800 euros.
  • Cuadriciclos pesados (L7e)  2.200 euros.
  • Autobuses y autocares (M2)/ Furgones (N2) 8.000 euros.
  • Autobuses y autocares M3  20.000 euros .


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