El proceso de registro de REACH establece que todas las sustancias fabricadas o importadas en más de una tonelada al año deben ser registradas y deben incluir información sobre sus usos y peligrosidad, en función del intervalo de tonelaje. A mayor tonelaje, mayor información debe ser aportada por las empresas que registren sustancias.  

El Informe sobre el estado de implementación de los reglamentos REACH y CLP de ISTAS-CCOO destaca las graves deficiencias en la información sobre los riesgos de las sustancias aportada por las empresas durante el proceso de registro. Así, la gran mayoría (85,84%) de los 249 expedientes elaborados por la industria hasta abril de 2011 no cumple con los requisitos de información, ésta es escasa o deficiente, e incluso la identidad de las sustancias no está convenientemente descrita.

El informe señala también serias carencias en cuanto a la clasificación y el etiquetado de las sustancias y que las empresas no están cumpliendo el reglamento europeo CLP. 

Otra grave deficiencia del proceso de implantación de REACH es la falta de acceso a la información sobre la peligrosidad de las sustancias existentes en el mercado. El proceso de autorización de REACH establece que los productores de artículos que contengan sustancias altamente preocupantes presentes en la lista de candidatas deben informar a los consumidores (si así lo solicitan) sobre los riesgos para la salud y el medio ambiente que sus productos causan y sobre cómo protegerse de estos riesgos. La organización europea de consumidores ha enviado 25 cartas de solicitud de información a cada país europeo. Como resultado, han recibido diez respuestas satisfactorias en Suecia y Austria, nueve en Alemania, ocho en Francia, siete en el Reino Unido y sólo tres en Polonia y Dinamarca, una en Grecia y ninguna en España.

Tanto la Confederación Europea de Sindicatos (CES) como CCOO están trabajando desde el año pasado para que la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) facilite en su web toda la información pública relativa a las sustancias registradas. A principios de año, tras la intervención de la Comisión Europea, la ECHA tuvo que reconocer que esta información debe ser publicada sin demora. Hasta el momento, cierto tipo de información no es pública. 

También el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad han denegado la información sobre las sustancias registradas por empresas españolas a CCOO, a pesar de constituir información medioambiental de carácter público. 

Por otra parte, el informe destaca la incapacidad de las comunidades autónomas de aplicar este Reglamento, ya que implica a varios de sus departamentos y el régimen sancionador aprobado no aclara las competencias de cada uno. Aplicar el REACH requiere una gran capacidad de coordinación interdepartamental de la que adolecen las comunidades autónomas, como ya puso de manifiesto el Estudio sobre la situación de la gestión del riesgo de las sustancias químicas por parte de las Administraciones Públicas en España, publicado por el sindicato en 2009.

El informe también señala que sólo se han registrado 380 sustancias CMR (cancerígenas, mutágenas y tóxicas para la reproducción), de las 1.005 sustancias de este tipo incluidas en normativa de la UE.  Por tanto, está prohibida la fabricación, comercialización y uso de las 625 sustancias CMR que, sin embargo, no están registradas. Sería necesario reforzar el control y la inspección para garantizar que estas sustancias no se utilicen, sin embargo la incapacidad de las comunidades autónomas señalada anteriormente, compromete su cumplimiento.



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