En relación al anteproyecto de Ley de Parques Nacionales, Planas la califica como innecesaria, improcedente e inoportuna, ya que la mayor parte de los aspectos considerados novedosos de su borrador invaden presuntamente competencias de la comunidad autónoma andaluza. "En definitiva, este texto parece querer atribuir más competencias al Estado en detrimento de las competencias de Andalucía en la gestión de Doñana y Sierra Nevada".

En ese sentido, se recuerda que el Tribunal Constitucional, falló mediante sentencia 194/2004 y 101/2005 que la gestión ordinaria de los Parques correspondía a las Comunidades Autónomas, reservándose a la Administración general del Estado aquellas funciones generales y básicas como el establecimiento de directrices (Plan Director de la Red de Parques Nacionales), etc. La vigente Ley 5/2007 de 3 de abril de la Red de Parques Nacionales supuso, por primera vez, el establecimiento de un marco normativo básico respetuoso con la doctrina constitucional y con la interpretación consensuada entre Administración General del Estado y Junta de Andalucía.

Por contra, y según ha apuntado Planas "parece que se pretende implantar con esta nueva Ley una forma de actuar que promueve la subordinación de los directores de los Parques Nacionales al Ministerio en vez de relacionarlos con el órgano competente de la comunidad autónoma".

El representante del Gobierno andaluz ha advertido que la futura Ley de Parques Nacionales puede provocar menos protección en esos espacios protegidos o generar de nuevo un debate para rebajar el grado de protección y abrir la puerta a actividades lucrativas a los propietarios que actualmente están prohibidas en los Parques Nacionales (caza, pesca, aprovechamientos forestales).

Luis Planas ha criticado que con este texto se pretende regular materias que se hallan fuera del ámbito de los Parques, como es el caso de las fincas adscritas al Organismo Autónomo de Parques Nacionales. "No procede que la Ley que regule los Parques Nacionales incluya las referencias a estas fincas como no sea que exista interés por blindarlas ante posibles reclamaciones de transferencias por parte de las comunidades autónomas", ha expresado.

En su opinión, "cualquier modificación de la actual Ley debe abordarse con la mayor transparencia y grado de consenso. Por ello, desde Andalucía se propone que la iniciativa y el borrador de la norma se traslade a las comunidades autónomas responsables de la gestión de los Parques Nacionales y a los órganos de participación de los mismos para recibir sugerencias y alcanzar el mayor grado de consenso posible antes del inicio de su tramitación".

En ese sentido ha asegurado que "desde la Junta no se va a admitir cambios en aspectos que puedan afectar a las competencias de cada una de las administraciones con objeto de ejercer un control político sobre los Parques Nacionales y sus órganos de participación". A entender de Planas, "todo ello contribuiría a generar un grado de incertidumbre que no necesitan nuestros Parques Nacionales".

Ley de Evaluación Ambiental

Por lo que respecta al anteproyecto de ley de Evaluación Ambiental, que nace con la pretensión de simplificar y agilizar el procedimiento administrativo, integrando en un solo texto legal la legislación de evaluación ambiental estratégica de planes y programas y la de impacto ambiental de proyectos -lo cual podría parecer positivo-, el representante del Gobierno andaluz ha advertido que "no sólo no aporta nada nuevo a las dos leyes vigentes que sustituye, sino que además implica un menor nivel de protección ambiental y naturaleza preventiva, al tratarse de una normativa menos exigente que la vigente y, por tanto, con menos capacidad de garantizar medidas preventivas".

En opinión de Planas, aunque desde el Ministerio se justifica la redacción de este texto en la necesidad de realizar una adaptación a la nueva Directiva Europea, "ello no justifica un paso atrás en el nivel de prevención implantado en España hasta la fecha". En ese sentido, ha advertido de la inclusión de una nueva figura jurídica, "los bancos de conservación de la naturaleza", a la que califica de "herramienta para hacer viables proyectos ambientalmente inviables". "Se trata, ha explicado, de un nuevo instrumento de mercado para compensar, reparar o restaurar las posibles pérdidas netas de los valores naturales, pero no estamos de acuerdo en que dicha compensación se pueda realizar, como dice el texto de la Ley en un lugar diferente. "Mucho nos tememos que esta norma parece querer dar alas a aquellos promotores que, con la herramienta de la compensación del banco de conservación, pretendan soslayar los mecanismos de prevención ambiental", ha señalado.

Desde Andalucía, se estima, asimismo, que no es conforme al reparto competencial la medida que recoge dicho anteproyecto de imponer el control y la vigilancia de proyectos del Estado a las comunidades autónomas. "Discrepamos totalmente de esta posibilidad, el Estado no tiene competencias para obligar a una comunidad autónoma a ejecutar obligaciones que son del propio Estado. Otra cosa es que se adopten acuerdos voluntarios entre Estado y comunidades autónomas en el terreno donde se desarrolle el proyecto, para realizar el seguimiento de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA)", ha precisado.

Tal y como apunta el consejero, "con este anteproyecto de Ley se incrementa la descoordinación entre comunidades autónomas y el Estado, al suprimirse la obligación que tiene el Estado de someter a evaluación ambiental los proyectos estatales que la legislación autonómica tenga establecido, lo cual nos obligaría también a adaptar la legislación ambiental de Andalucía".

El anteproyecto de Ley prevé someter a evaluación ambiental todos los proyectos que requieran la utilización de técnicas de fractura hidráulica o "fracking" para la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos (petróleo y gas), lo cual es una novedad necesaria.



0 0 votes
Valoración
Suscribir
Notificar de
guest

0 Comentarios
Inline Feedbacks
View all comments