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La Certificación Energética de Edificios es la calificación de la eficiencia energética de los edificios o parte de los mismos por un técnico competente. Contiene información sobre las características energéticas, la propia calificación y las recomendaciones de posibles intervenciones, técnicamente viables e individualizadas, en cada edificio o parte del mismo para la mejora de los niveles óptimos o rentables de eficiencia energética.

La Comisión Asesora para la certificación de eficiencia energética de edificios es el órgano colegiado de carácter permanente encargado de asesorar a los Ministerios competentes en materias relacionadas con la certificación energética. Este organismo depende orgánicamente de la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Las exigencias referentes a la certificación energética de edificios están establecidas en la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002. Y, además, se transpusieron en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, mediante el que se aprobó un Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.

La última actualización data de 2013 y establece que «la presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética de la totalidad o parte de un edificio, según corresponda, será exigible para los contratos de compraventa o arrendamiento celebrados a partir de dicha fecha».

Cómo se califica la eficiencia de los edificios

La eficiencia energética de un edificio se valora en función de los documentos reconocidos e inscritos en el Registro General.

En el caso de aquellas construcciones que utilizan materiales, equipos y/o sistemas no incluidos en estos documentos, para su calificación energética se hará uso del procedimiento establecido en el documento informativo «Aceptación de soluciones singulares y capacidades adicionales a los programas de referencia y alternativos de calificación de eficiencia energética de edificios «, también disponible en el Registro general.

Etiqueta de eficiencia energética

La obtención del certificado de eficiencia energética otorga el derecho de utilización, durante el periodo de validez del mismo, de la etiqueta de eficiencia energética. Además, la etiqueta clasifica a los edificios desde la clase A, para los energéticamente más eficientes, a la G, para los menos.

La etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio. La norma indica, además, que siempre deberá figurar en la etiqueta, «de forma clara e inequívoca», si se refiere al certificado de eficiencia energética del proyecto o al del edificio terminado.

Fuente: Noelia López Redondo / EnergyNews,

Artículo de referencia: https://www.energynews.es/certificacion-energetica-de-edificios-que-es-como-conseguirla/,



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