El pasado viernes el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que se regulará la composición, funciones y funcionamiento de la Comisión Interministerial para el Medio Rural, el Consejo para el Medio rural y la Mesa de Asociaciones de Desarrollo Rural, tal como se recoge en la Ley para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural.

Estos tres órganos colegiados jugarán un importante papel en la coordinación de actuaciones relacionadas con el medio rural contempladas en la Ley y que afectan al 90 por ciento del territorio, a la práctica totalidad de los recursos naturales y a buena parte del patrimonio cultural.

También favorecerán la cooperación entre administraciones públicas de cara a la adopción de medidas legales multisectoriales y ambientales, destinadas a favorecer un desarrollo rural sostenible, una diversificación ocupacional, una mejora de la actividad económica y social y un acceso de sus poblaciones a unos servicios públicos suficientes y de calidad.

Estas medidas deberán ser también acordes con las directrices y normativas comunitarias, responder a las condiciones económicas, sociales y medioambientales particulares y asegurar la participación y coordinación de las administraciones públicas y de los principales agentes sociales implicados en dicho desarrollo rural sostenible.

Con esta finalidad se crearon los tres órganos colegiados cuyas funciones esarrolla este Real Decreto, que a su vez contempla la aprobación del Primer Programa plurianual de Desarrollo Rural Sostenible, en el plazo máximo de tres meses desde la constitución del Consejo para el Medio Rural. Dicho Programa se configura como el instrumento principal para la planificación de la acción de la Administración General del Estado en relación con el medio rural, en coordinación con las comunidades utónomas, Administración Local y agentes económicos y sociales del medio rural.



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