La Comunidad ha eliminado la tramitación administrativa y costes asociados del movimiento de équidos por el territorio nacional para los propietarios que se acojan a la nueva Tarjeta de Movimiento Equino (TME) implantada por el Gobierno regional. Permitirá el traslado de estos animales cuando sea por actividades no productivas, es decir, la mayoría, dado que están relacionados fundamentalmente con actividades de ocio y deporte. 

Esta iniciativa se suma a la ya implantada desde enero, gracias a la cual la Comunidad suprimió las tasas de movimiento de animales a los ganaderos que lo solicitaran por internet. Esta medida, además de agilizar la acción ganadera, ha supuesto un ahorro para las explotaciones de entre 200 y 3.000 euros anuales, en función del volumen de los movimientos.

La tarjeta de movimiento equino deberá acompañar a los animales en sustitución del certificado sanitario en los desplazamientos por el territorio nacional en aquellos casos cuyo movimiento tenga fines turísticos, recreativos, culturales, deportivos o morfológicos o de aprovechamiento de pastos. En todos estos casos, los animales deberán volver a la explotación de origen en un plazo inferior a treinta días naturales y no podrá producirse cambio de titularidad del animal.

En estos casos no se comunicará el desplazamiento al Registro General de Movimientos (REMO), si bien los movimientos de salida de la explotación y de retorno a la misma, así como los de entrada y salida en la de destino temporal, deberán quedar registrados en el Libro de Registro de la explotación. No se podrá utilizar la TME para amparar movimientos de animales que presenten síntomas de enfermedad infectocontagiosa o lesiones, salvo cuando sean movidos o transportados en una situación de emergencia relacionada con su salud o bienestar.

Tampoco puede amparar los movimientos a un centro de sacrificio. La obtención de la tarjeta no varía las obligaciones relacionadas con la cumplimentación y acompañamiento del pasaporte o documento de identificación equina (DIE). Para obtener la tarjeta, los propietarios de los équidos con residencia en la región deberán solicitarla a través de los veterinarios colaboradores de équidos de la Comunidad de Madrid.

Dichos veterinarios procederán a la identificación del animal y a la verificación de los datos que constan en los registros informatizados de identificación animal y remitirán la información recogida, junto con una foto del animal, al Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid. El Colegio de Veterinarios, una vez realizadas las comprobaciones pertinentes, enviará la información a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que emitirá la TME y la remitirá al domicilio del titular del équido.

En el anverso y reverso de la tarjeta estarán grabados los datos básicos del animal y dispondrá de un chip que almacenará la información que se recoge en la base de datos central de Registro de Animales Identificados Individualmente. La TME es válida para toda la vida del animal y su importe, en concepto de gestión de la información y emisión será de 15 € por animal, al margen de los honorarios del veterinario.

Para el movimiento de animales que no dispongan de la TME, será necesario el certificado oficial de movimiento o guía de origen y sanidad, que se puede obtener, sin tener que abonar tasas, a través de la aplicación informática REMOWEB, tras abonar la tasa correspondiente en la Delegaciones Comarcales de Agricultura y en el Área de Ganadería de la Dirección General de Medio Ambiente.



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