Caza menor

Así, en El Hierro, se autoriza la caza del conejo con perro y hurón del 7 de agosto al 27 de noviembre; la codorniz común, los domingos comprendidos entre 11 de septiembre y el 2 de octubre; la perdiz moruna y la paloma bravía, con perro y escopeta del 11 de septiembre al 30 de octubre. Se prohíbe la caza del conejo con escopeta y de la tórtola común.

En Fuerteventura, se autoriza la caza del conejo, la ardilla moruna y los animales asilvestrados con perro de pelo y hurón los domingos, desde el día 7 de agosto hasta el día 30 de octubre así como el miércoles 12 de octubre; la perdiz moruna, la paloma bravía, la ardilla moruna y los animales asilvestrados podrán cazarse con perro de pluma y escopeta o arco los domingos, desde el día 11 de septiembre hasta el día 6 de noviembre, el miércoles 12 de octubre y el jueves 27 de octubre.

En Gran Canaria, se autoriza la caza del conejo con perro de caza y hurón sin escopeta del 7 de agosto al 30 de octubre y con perro de caza y hurón con escopeta los domingos 18 y 25 de septiembre, exclusivamente; la perdiz roja, con o sin perro de caza y escopeta, del 11 de septiembre al 30 de octubre; la paloma bravía, con o sin perro de caza y escopeta, del 18 de septiembre al 30 de octubre.

En La Gomera, se autoriza la caza del conejo, la perdiz moruna, la paloma bravía y los animales asilvestrados. El conejo se podrá cazar con perro y hurón los domingos entre 7 de agosto y el 4 de septiembre, desde la salida del sol hasta las 15:00 horas. Todas las especies autorizadas con perro y hurón y/o escopeta podrán cazarse los domingos 11, 18 y 25 de septiembre y los domingos 2, 9, 16, 23 y 30 de octubre desde la salida del sol hasta las 15:00 horas y los jueves 20 y 27 de octubre desde las 14:00 horas hasta la puesta del sol.

En Lanzarote, se autoriza la caza del conejo, la perdiz moruna y la paloma bravía. No se autoriza la caza de animales asilvestrados. Solo se podrá cazar en alguna de las siguientes modalidades: con perro podenco y hurón, con perro de muestra y escopeta y con cetrería con o sin perro de muestra. No se podrán  mezclar entre sí la modalidad de caza para la pluma con la destinada  al conejo, y el empleo de la escopeta queda supeditado al acompañamiento de perro de muestra, prohibiéndose su uso por sí sola.

En La Palma, se autoriza la caza del conejo con perro, hurón y escopeta entre el 7 de agosto y el 4 de diciembre, no autorizándose la caza con hurón a partir del 30 de octubre; la paloma bravía, con escopeta desde el 7 de agosto al 4 de diciembre; la tórtola común, con escopeta desde el 11 de septiembre al 13 de noviembre, y la perdiz moruna, con perro y escopeta desde el 11 de septiembre al 13 de noviembre.

En Tenerife, se autoriza la caza del conejo con perro podenco (u otras razas utilizadas para caza de pelo) y hurón desde el 7 de agosto hasta el 30 de octubre y no se autoriza la caza de conejo con escopeta; la perdiz moruna, solo con perro de muestra, desde el 7 de agosto hasta el 8 de septiembre, y con perro de muestra y escopeta desde el 11 de septiembre hasta el 30 de octubre; la paloma bravía, solo con perro de muestra desde el 7 de agosto hasta el 8 de septiembre y con perro de muestra y escopeta desde el 11 de septiembre hasta el 30 de octubre; la codorniz común y la tórtola, solo con perro de muestra desde el 25 de agosto hasta el 8 de septiembre y con perro de muestra y escopeta exclusivamente los días 11 y 15 de septiembre. 

Los días hábiles para la práctica de la caza en Tenerife serán los jueves y domingos comprendidos dentro de los períodos establecidos para cada tipo de pieza y modalidad.



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