El personal adscrito al mismo recorrerá a diario durante tres meses los márgenes de estos ríos, trasladará información y apoyo a los usuarios de estas áreas y corregirá, en último extremo, las conductas o acciones irresponsables.

Este dispositivo está formado por más de 50 personas entre agentes medioambientales de las comarcas de Abarán, Calasparra, Cehegín, Cieza, y Ricote, agentes adscritos a la Brigada de Delitos Ambientales (BRIDA) y la de Caza y Pesca (BRICAP), así como las Brigadas Forestales de Intervención Rápida (BIR) de Cieza y Caravaca de la Cruz, equipadas con un vehículo ligero de extinción con cisterna de 400 litros de capacidad.

El director general de Patrimonio Natural y Biodiversidad, Pablo Fernández, destacó que "todos los años se produce un número importante de conatos de incendio forestal en las riberas del río Segura como consecuencia de las quemas de residuos agrícolas realizadas sin la debida precaución".

 Dispositivo Thader

El responsable autonómico señaló que "con esta iniciativa se pretende concienciar tanto a los agricultores como al resto de la sociedad de que las negligencias pueden tener un alto coste ambiental".

Fernández explicó que los incendios "deterioran los ecosistemas de ribera, alteran la vegetación arbórea y arbustiva, afectan gravemente a la fauna y suponen un peligro permanente para otros ecosistemas situados en las inmediaciones".

Asimismo, añadió, "conllevan un riesgo para todas aquellas personas que participan en su extinción y un perjuicio económico considerable". Otro de los objetivos del dispositivo Thader es reducir los costes que supone la movilización de recursos de extinción asignados al Plan Infomur.

Según Pablo Fernández, se producen cerca de 200 conatos de incendios al año en este ámbito, "la mayoría entre los meses de julio y septiembre, por lo que se precisa una actuación preventiva, en la que se traslade a los agricultores el asesoramiento de los agentes medioambientales, para así evitar posibles negligencias que pueden ser objeto de sanción, como es el uso del fuego en quemas agrícolas durante la época de peligro".

La Orden que regula el uso del fuego lo prohíbe taxativamente en el ámbito de los 400 metros colindantes a las áreas forestales. Asimismo, la Ley de Montes considera que las riberas naturales de los ríos son superficie forestal.



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