Hablamos de sustancias que en el argot técnico se conocen como CMR, esto es, que pueden ser cancerígenas, mutágenas (causan mutaciones) o tóxicas para la reproducción (alteran el sistema reproductivo). El que una sustancia sea CMR implica que puede tener uno, dos o todos estos efectos a la vez. Estas sustancias químicas pueden acceder a nuestro cuerpo por inhalación, ingestión o penetración a través de la mucosa y piel. Se encuentran en numerosos objetos de la vida cotidiana: como la bencidina, un potente cancerígeno que se utiliza como agente textil y componente de aparatos electrónicos entre otros; o el 2, 4 – dinitrotolueno, una sustancia muy utilizada para hacer tintes, explosivos y materiales de goma y plástico.

La norma europea REACH sobre Registro, Evaluación, Restricción y Autorización de sustancias y mezclas químicas establece que estas sustancias deberían haberse registrado antes del 30 de noviembre de 2010, siempre que el volumen de producción sea igual o superior a una tonelada al año. Sin embargo, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA, en sus siglas en inglés) indica que existen 625 sustancias CMR que no han sido registradas, con lo que se podrían estar utilizando, importando o fabricando ilegalmente en el mercado español. Cada estado es responsable de que las empresas cumplan con la normativa europea de control de sustancias químicas.

Comisiones Obreras, preocupada por los efectos que estas sustancias pueden tener para el medio ambiente y los trabajadores,  ha enviado una carta al Ministerio de Sanidad en la que alerta de la situación, solicita que informe sobre las sustancias no registradas que tengan un volumen de producción superior a una tonelada al año y pide al Gobierno que tome medidas al respecto. Sería necesario reforzar el control y la inspección para garantizar que estas sustancias no se utilicen.

De confirmarse esta falta grave, las empresas españolas que fabriquen, comercialicen o importen sustancias CMR sin registro previo podrían ser sancionadas con multas que oscilan entre los 85.001 a los 1.200.000 euros. Adicionalmente, las autoridades españolas pueden decretar el cierre temporal o total de las instalaciones que las comercialicen/produzcan durante cinco años.



0 0 votes
Valoración
Suscribir
Notificar de
guest

0 Comentarios
Inline Feedbacks
View all comments