Con esta norma, el Gobierno de Cantabria hace frente a la situación de incertidumbre jurídica generada tras el concurso eólico y por la gestión del Ejecutivo anterior.

El Gobierno presidido por Ignacio Diego ha trabajado durante un año y medio en dos líneas paralelas. Por un lado, en la elaboración del Plan de Sostenibilidad Energética 2011-2020, presentado en abril de 2012 y que está en tramitación. El Plan establece una potencia eólica de 707 megavatios y la instalación de 246 aerogeneradores, 107 menos que los previstos en el primer plan.

A la par, el Ejecutivo regional ha estado elaborando este anteproyecto de Ley que ve la luz "sólo tres meses después" del pronunciamiento de los tribunales de justicia.

El Anteproyecto de Ley que ha elaborado el Gobierno deja sin efecto las asignaciones surgidas del concurso eólico convocado en 2009. De esta forma, se trata de paliar la situación de incertidumbre tras la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que anuló el concurso del Gobierno anterior.

El presidente Diego ha destacado que, con la presentación de esta norma, se da cumplimiento al compromiso que él mismo hizo públicamente el pasado mes de noviembre de tener aprobada para la primavera una herramienta legal que ordena "el futuro del sector eólico en esta región", que da "seguridad jurídica" al desarrollo de esta energía de una manera "perfectamente ordenada y consensuada con los agentes del sector".

Por su parte, el presidente de la Asociación Eólica de Cantabria, Manuel Huerta, ha expresado su satisfacción por el cumplimiento de los plazos comprometidos por el presidente Diego para elaborar esta Ley, que la Asociación va a examinar para trasladar su opinión al Gobierno con "la mayor agilidad". En este sentido, ha reiterado su "disposición de colaboración y de aportar experiencia y conocimiento del sector". Huerta ha destacado, asimismo, la importancia de la "seguridad jurídica" que añade la nueva norma para que "no se vuelva a entorpecer el desarrollo eólico en la región".

Nuevo régimen jurídico

El anteproyecto contempla un nuevo régimen jurídico para la construcción, explotación, ampliación, modificación, transmisión y cierre de parques eólicos y regula las autorizaciones a obtener. Además, especifica que no pueden aprobarse estas instalaciones en las zonas excluidas por la planificación energética de Cantabria.

En este sentido, las mayores novedades que plantea la norma son las relativas a la construcción y ampliación de un parque eólico, para lo que será necesario autorización administrativa previa, autorización administrativa, y aprobación del proyecto de ejecución y acta de puesta de servicio.

El punto novedoso principal está en la regulación administrativa previa, de manera que el promotor que quiera instalar un parque eólico en Cantabria presentará ante Industria su solicitud, exigiendo a las empresas que opten capacidad técnica y económica suficientes para el desarrollo posterior.

Dicha solicitud se someterá a información pública durante 30 días para que cualquiera pueda presentar solicitudes en competencia. Será una Comisión de Valoración la que proponga, con base a unos criterios objetivos, cuál es la mejor solicitud.

La regulación que la Ley realiza de este sistema ofrece, tal y como explica el presidente Diego, "muchas ventajas" frente a un concurso que afecta a toda la Comunidad Autónoma, tales como "no supeditar todo el desarrollo eólico a un único concurso", una "mayor celeridad" en la tramitación, un "análisis individualizado de cada uno de los parques eólicos que se soliciten", y la selección de la mejor propuesta mediante "criterios objetivos y fácilmente cuantificables".

Dentro de los criterios objetivos a tener en cuenta en la selección de los proyectos, destaca la posibilidad de valorar la aportación económica que hagan los solicitantes con destino al Fondo para la Compensación Ambiental y la Mejora Energética que prevé el anteproyecto de Ley.

El Fondo se nutrirá tanto de las aportaciones económicas que los promotores de los parques eólicos ofrezcan durante el proceso de concurrencia, como del canon eólico que contempla la citada norma.



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