No obstante, valora la decisión del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino de no tramitar la moratoria solicitada por Madrid y Barcelona -ciudades en las que se exceden los límites permitidos por Bruselas- a menos que impongan medidas de choque para reducir el tráfico.

Hasta 2010, los límites marcados por la directiva europea de calidad del aire no eran de obligado cumplimiento, aunque sí una recomendación. A partir de 2011, sí, y las ciudades que no cumplan deberán pagar una multa. Además, los límites permitidos son más estrictos.

Reducción del tráfico motorizado

La contaminación atmosférica causa graves daños a la salud y al medio ambiente. Se trata de un problema con una importante vertiente local, pero también de magnitud global, ya que los contaminantes pueden viajar largas distancias. El origen de este problema se encuentra principalmente en las emisiones originadas por el tráfico, que en las grandes ciudades y sus áreas metropolitanas puede adquirir dimensiones preocupantes.

Los principales contaminantes son las partículas en suspensión (PM10 y PM2,5), el ozono troposférico (O3) y el dióxido de nitrógeno (NO2), pero el más perjudicial de los tres son las partículas en suspensión. Según los valores limites establecidos por la Directiva 2008/50/CE más de 6,4 millones de personas, un 14% de la población española, respira aire contaminado. Pero si tomamos como referencia los valores recomendados por la Organización Mundial de la Salud, la población que respira aire contaminado se incrementa hasta casi los 37 millones de personas. Hablamos de un 79% de la población. Y la principal fuente de contaminación en áreas urbanas (donde vive la mayor parte de la población) es el tráfico. Esta situación es directamente responsable de 16.000 muertes prematuras al año en nuestro país y de cerca de medio millón en el conjunto de la Unión Europea.

CCOO critica que las distintas Administraciones conocen desde hace tiempo los graves problemas de contaminación de las ciudades y sus áreas metropolitanas y muchas ellas no han adoptados medidas al respecto.

Las principales vías de actuación para reducir la contaminación del aire se deben centrar en la reducción del tráfico motorizado y de las necesidades de movilidad. Ha de potenciarse el transporte público (en especial el electrificado), dar facilidades a los medios no motorizados en  las ciudades  y adoptar las mejores tecnologías industriales disponibles para la reducción de la contaminación. Es imprescindible dotar de sistemas de transporte público a todas las ciudades de más de 20.000 habitantes y generalizar las medidas de gestión de la movilidad: carril bus-VAO en los accesos a las ciudades grandes y medias, limitación de la velocidad a 80 kilómetros a la hora en las vías de acceso a las ciudades en áreas metropolitanas, integración tarifaria y disponibilidad de abonos de transporte de larga duración (anuales, semestrales o trimestrales).

Ley de movilidad sostenible

Desde hace tiempo CCOO viene reclamando la necesidad de dotarnos de una ley de movilidad sostenible de ámbito estatal y en cada comunidad autónoma, que apueste por el transporte colectivo, con criterios de racionalidad. Esta norma ha de promover servicios útiles, rápidos y cómodos, establecer enlaces con las redes de transporte público para crear un sistema de movilidad sostenible que ponga coto a los 123 millones de desplazamientos en día laborables (Movilia, 2006) y a la ausencia generalizada de transporte público en los casi 20.000 polígonos industriales de nuestro país.

Habría que garantizar la accesibilidad a los centros de trabajo para peatones y ciclistas en condiciones de seguridad y sin obstáculos, promover el uso del coche compartido,  la implantación del coche multiusuario de empresa y el uso de la bicicleta.

Las empresas han de subvencionar de forma negociada las acciones positivas de utilización de estos medios y el derecho al transporte se ha de materializar en el derecho al título de transporte, de carácter personal, que debe abarcar a toda la plantilla. Es necesario  incorporar la movilidad in itinere y la accesibilidad al centro de trabajo en la evaluación de riesgos laborales de forma que los planes de movilidad deban ser una parte de la prevención de riesgos laborales.



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