En nuestro país, las aguas subterráneas son consideradas como un recurso natural estratégico. Por ello, su conservación tiene un gran interés por parte del Gobierno para mantener los ecosistemas acuáticos dependientes de ellas y abastecer agua potable.

Para la trasposición de la directiva al reglamento español se ha incorporado en su totalidad, además de añadir tres apartados al anexo cinco donde se ha aumentado el número de productos químicos contaminantes. Este real decreto ya fue estudiado en el mes de mayo, de donde salió un borrador de ley, que el pasado viernes fue aprobado oficialmente.

Objetivos

El principal punto al que se quiere llegar con este decreto es prevenir o al menos limitar la contaminación de las aguas subterráneas. Además se quiere establecer una serie de criterios para evaluar su estado químico ya que España cuenta con más de 700 masas de aguas subterránea.

Criterio de conservación

El principal objetivo del decreto es el establecimiento de un procedimiento base para evaluar la calidad química de las aguas y establecer unos valores umbral que no deberán de ser superados. También se crean una serie de criterios para determinar una tendencia del aumento de contaminantes y ver cuando empezar con inversiones para devolver la tendencia al estado natural.

El establecimiento de estos umbrales de contaminación deberán contener al menos para arsénico, cadmio, plomo, mercurio, amonio, cloruro y sulfato.

Por otra parte, para realizar la definición de la calidad del agua, además de la concentración de estos contaminantes, también habria que medir la conductividad, especialmente en las zonas de unión de agua salada y la subterránea. Por último, los parámetros para realizar el seguimiento de las aguas serán esencialmente el nivel de oxígeno disuelto, pH, conductividad, nitrato y amonio, con una periodicidad anual por lo menos.



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