En respuesta a una pregunta parlamentaria formulada por Belinda Ramírez, del Grupo Parlamentario Socialista, el responsable del Departamento canario señaló que con el objetivo de paliar posibles daños al medio ambiente ocasionados por el exceso de nitrógeno en los suelos y superficies acuáticas, en las laboreas agrarias se deben tener en cuenta los momentos en que las condiciones del suelo hacen favorable el esparcimiento de abonos, hecho por el que el Archipiélago cuenta con calendarios racionales de abonado.

En este sentido el titular del Área explicó que en las Islas, aún con carácter voluntario al no tener el Archipiélago "Zonas Vulnerables", el Ejecutivo regional mediante la Orden de 11 de febrero de 2000, aprobó el Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, "de especial atención por este Departamento, preocupado, entonces y ahora, por los efectos que se generarían de producirse desequilibrio de nitrógeno".

Así, en el sector de la ganadería, donde se produce una cantidad aproximada de 850.000 toneladas de deyecciones líquidas y sólidas al año, se tiene una especial consideración de este problema a la hora de dar de alta las explotaciones pecuarias en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias, estudiando expediente por expediente las condiciones mínimas de los estercoleros, variables según la especie productiva, y la zona y microclima que alberga las instalaciones, y los volúmenes de deyecciones a almacenar, entre otras cuestiones.

De igual manera, el desarrollo de la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo, ha propiciado la legalización por parte del Ejecutivo regional de un buen número de explotaciones ganaderas, que actualmente suponen 249 instalaciones, donde se ha puesto especial interés en la aplicación de dicho Código de Buenas Prácticas Agrarias, principalmente a la hora de fijar las condiciones sanitarias, ambientales, funcionales y estéticas que deben cumplir las mismas para acceder a la legalización efectiva.

Con el fin de limitar las pérdidas derivadas de las actividades agrícolas y el aporte excesivo de compuestos nitrogenados, la Directiva Europea de Nitratos fomenta acciones en dos niveles, los Códigos de Buenas Prácticas y los Programas de Acción referidos a aspectos como la rotación de cosechas, cobertura vegetal del suelo en invierno, y cultivos intermedios, a fin de limitar la lixiviación durante las estaciones húmedas; la utilización de abonos y estiércol con un equilibrio entre las necesidades de los cultivos, los insumos y la aportación de nitrógeno al suelo, los análisis frecuentes del suelo y de el propio estiércol, los planes obligatorios de fertilización y las limitaciones generales por cultivo para la aplicación del nitrógeno orgánico como mineral; y los calendarios adecuados y prácticas correctas de esparcimiento de abonos y suficiente capacidad de almacenamiento de estiércol, para su utilización solo cuando los cultivos necesiten nutrientes.



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