La organización internacional de conservación marina solicitó esta información en marzo de 2012 amparándose en la Ley 27/2006 de acceso a la información ambiental, pero tuvo que recurrir a los tribunales para obtenerla.

“Cuesta entender qué interés pueden tener la Capitanía de Tarragona y la Dirección General de la Marina Mercante en ocultar las sanciones impuestas a dos buques que han realizado vertidos”, señala Xavier Pastor, director ejecutivo de Oceana en Europa. “Es la enésima vez que Oceana tiene que acudir a los tribunales para obtener una información que la ley obliga a facilitar. Nos resulta incomprensible que la Administración se niegue a facilitar datos sobre daños provocados al medio ambiente y ampare sistemáticamente a los infractores frente a quienes tratan de saber la verdad”.

En el caso del Burgas 3 y Schackenborg, el Ministerio de Fomento no respondió pero, a pesar del silencio administrativo, Oceana fue requerida a pagar la correspondiente tasa judicial.

“Cuando la Administración no respeta la Ley 27/2006 nos obligan a acudir a los Tribunales, lo que implica también la exigencia de pagar la  tasa judicial, y aunque la justicia ha reconocido nuestro derecho, solo nos devolverán el 60% de la tasa”, declara Ana Barreira, abogada de Oceana. “Asimismo, la Administración ha sido condenada a pagar 100 euros de costas, que es mucho menos de lo que nos devolverán por la tasa. Estas tasas son contrarias al Convenio de Aarhus puesto que suponen un obstáculo financiero al acceso a la justicia en materia ambiental”.

En los últimos años, Oceana se ha topado con numerosos incumplimientos de la Ley 27/2006 en el ejercicio de su labor de conservación marina. Por ejemplo, la Autoridad Portuaria de Baleares superó los plazos legales para contestar si estaba cumpliendo lo dictado por el Protocolo de Londres en el proyecto de dragado del puerto de Mahón. En otros casos, Oceana tuvo que ir a juicio y obtener así la lista de barcos que habían recibido autorizaciones para cortar a bordo las aletas de los tiburones o un informe, que la Administración calificó como confidencial, del Instituto Español de Oceanografía en el que se revelaba la presencia de metales pesados en pescado de gran consumo.

“El caso de los dos buques que realizaron vertidos en Tarragona añade jurisprudencia a favor del derecho de acceso a la información, pero estamos muy lejos de la transparencia. Una y otra vez, los tribunales fallan a favor de las organizaciones conservacionistas, pero al día siguiente la Administración vuelve a los subterfugios para denegar datos sobre infracciones o negarse a rendir cuentas sobre sus propias actuaciones”, concluye Pastor.



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