Nuclenor, titular de Garoña, presentó al Ministerio de Industria, Energía y Turismo el pasado 27 de mayo, en base al artículo 28.1 del Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas (RINR) la citada solicitud, que fue trasladada al CSN para su evaluación y correspondiente informe preceptivo y vinculante.

Esta instrucción técnica establece una serie de requisitos, que pueden agruparse en las siguientes áreas temáticas:
a) Los asociados a la actual situación de cese de operación.
b) Los relacionados con la operación a largo plazo.
c) Las inspecciones o pruebas para verificar aspectos funcionales o de integridad estructural de la vasija del reactor.
d) Las modificaciones de diseño derivadas de las lecciones aprendidas del accidente de Fukushima y de los resultados de las pruebas de resistencia europeas ante sucesos extremos mas allá de las bases de diseño, así como de las acciones para mitigar las consecuencias ante la pérdida de grandes áreas de la central como consecuencia de actos malintencionados.
e) El análisis de seguridad de temas puntuales relacionados con el cumplimiento de la normativa técnica del CSN.
f) Aquellos relativos a factores humanos y organizativos.
g) Las verificaciones previas a la carga de combustible nuclear en el reactor, incluyendo las pruebas de arranque y las modificaciones de diseño identificadas por el CSN en 2009 pero no requeridas por el cese definitivo de explotación.
h) Más temas específicos relativos al cumplimiento de otras instrucciones técnicas del CSN de ámbito general para todas las centrales nucleares en operación.

Los requisitos más relevantes, que conllevan la necesidad de un análisis de los resultados de las inspecciones o la implantación de modificaciones de diseño antes de la carga de combustible, y que requieren apreciación favorable previa del CSN, son los siguientes:
• La verificación del estado funcional y la integridad estructural de la vasija del reactor y de sus componentes:
o La inspección de la vasija del reactor para descartar defectos similares a los detectados en la central nuclear belga de Döel.
o El programa de inspección y seguimiento de las penetraciones del fondo de la vasija del reactor, donde se sitúan los tubos-guía de los mecanismos de inserción de las barras de control.
o La verificación del estado de los componentes internos de la vasija del reactor y el plan de inspección de las soldaduras circunferenciales de la misma.
• Las mejoras para reforzar las capacidades frente a accidentes severos, extraídas de las lecciones aprendidas en el marco del accidente de Fukushima y de las consiguientes pruebas de resistencia realizadas a nivel europeo:
o Implantación de las siguientes modificaciones de diseño :
 Un Centro Alternativo de Gestión de Emergencias (CAGE), como lugar seguro desde donde dirigir una situación de accidente severo.
 Un sistema de venteo filtrado para despresurizar y mantener la integridad estructural de la contención, evitando mediante los filtros la emisión de radiactividad al exterior de la central.
 La instalación de equipos recombinadores de hidrógeno en el edificio del reactor para evitar explosiones de este gas.
o Incorporar todos los requisitos de las Instrucciones Técnicas Complementarias derivadas de Fukushima.
• Las modificaciones identificadas por el CSN en 2009 en el marco de la revisión periódica de seguridad y del análisis de la normativa de aplicación condicionada, que finalmente no fueron requeridas al titular debido al cese de explotación:
o La instalación de un nuevo sistema para el tratamiento y control de los gases radiactivos en los diversos recintos y estructuras de la contención en caso de accidente, que cumpla en su integridad con los requisitos de separación física entre sus diversos componentes (filtros y paneles de control).
o La mejora del aislamiento de la contención primaria, como por ejemplo la instalación de válvulas en diversas tuberías que atraviesan dicha contención, para su sellado en caso de un hipotético accidente.
o La mejora de la independencia de equipos y cables eléctricos que cumpla los criterios de separación física entre sistemas de seguridad y sistemas no relacionados con la seguridad.
o La mejora del sistema de protección contra incendios, mediante refuerzo de los equipos para la resistencia a sismos, instalación de compuertas cortafuegos y un nuevo trazado de los cables eléctricos y de control del sistema.

Los restantes requisitos se refieren a:
• Actualizaciones asociadas a la operación a largo plazo, entre ellas el denominado Plan Integrado de Evaluación y Gestión del Envejecimiento (PIEGE).
• Análisis de seguridad de temas específicos relacionados con el cumplimiento de diversas Instrucciones de Seguridad del CSN, en particular, la IS-30 (revisión 1 de 2013) sobre protección contra incendios.
• Otros temas técnicos específicos solicitados recientemente por el CSN a las centrales nucleares españolas en operación y que no resultaban de aplicación a la central de Garoña, por su situación de cese.
• Otras actuaciones frente a accidentes severos para el almacenamiento de agua contaminada, así como el refuerzo de la capacidad de extracción de calor residual en caso de pérdida de refrigeración total del río Ebro.
• Plan de conservación de estructuras, sistemas y componentes durante el cese de explotación.
• Plan de formación del personal de explotación y Plan de restablecimiento de la capacidad técnica, en el marco de los factores humanos y organizativos.
• Verificaciones previas a la carga de combustible, correspondientes al programa de pruebas prenucleares y las pruebas de arranque.

Esta instrucción técnica finalmente establece que Nuclenor deberá presentar ante el CSN, antes del 30 de septiembre de 2014, una previsión de fechas para el cumplimiento de todos los requisitos adicionales solicitados.



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