El Comité Permanente de Agricultura Ecológica (SCOF) ha acordado las nuevas normas europeas sobre el "vino ecológico", que se publicarán en el Diario Oficial en las próximas semanas. Mediante esta nueva normativa, que se aplicará partir de la vendimia de 2012, los productores de vino ecológico podrán utilizar la expresión "vino ecológico" en sus etiquetas. Las etiquetas deberán mostrar también el logotipo ecológico de la UE y el número de código de su organismos de certificación y tendrán que cumplir asimismo otras normas sobre el etiquetado de vinos. Aunque ya existen normas sobre el "vino elaborado con uvas ecológicas", estas no cubren las prácticas enológicas, es decir, todo el proceso desde la uva hasta el vino. El del vino es el único sector que queda sin cubrir totalmente por las normas de la UE en materia de agricultura ecológica con arreglo al Reglamento (CE) nº 834/2007.

Tras la votación del Comité Permanente de Agricultura Ecológica, Dacian Ciolos, Comisario de Agricultura y Desarrollo Rural de la UE, ha declarado: "Me congratulo de que hayamos alcanzado finalmente un acuerdo sobre este asunto, porque era importante establecer normas armonizadas que garantizasen una oferta más clara a los consumidores, los cuales se interesan cada vez más por los productos ecológicos. Me alegro de que hayamos fijado normas que distinguen claramente el vino ecológico del convencional, como ocurre con otros productos ecológicos. De esta manera, los consumidores pueden estar seguros de que cualquier "vino ecológico" se habrá producido según normas de producción más rigurosas".

Las nuevas normas tienen la ventaja de ofrecer una mayor transparencia y facilitar el reconocimiento por parte de los consumidores. No solo contribuirán a facilitar el mercado interior, sino también a reforzar la posición internacional de los vinos ecológicos de la UE, ya que muchos otros países productores de vino (los EE UU, Chile, Australia o Sudáfrica) ya han fijado normas sobre los vinos ecológicos. Con esta legislación, la agricultura ecológica de la UE se ha completado y abarca la totalidad de los productos agrícolas.

El nuevo Reglamento establece un subconjunto de prácticas y sustancias enológicas (vinificación) para los vinos ecológicos definidos en el Reglamento (CE) nº 606/2009 sobre la organización común del mercado (OCM) del vino. Por ejemplo, no están autorizados ni el ácido sórbico ni la desulfurización y el nivel de los sulfitos en el vino ecológico debe ser un mínimo de 30-50 mg por litro más bajo que en sus equivalentes convencionales (dependiendo del contenido en azúcar residual). Además de este conjunto de condiciones, se aplicarán asimismo las normas generales sobre la vinificación definidas en el Reglamento sobre la OCM del vino. Además de estas prácticas de vinificación, el «vino ecológico» debe producirse naturalmente a partir de las uvas ecológicas definidas en el Reglamento (CE) nº 834/2007.

Antecedentes

No existen normas o definición de la UE en relación con el "vino ecológico". Únicamente las uvas se pueden certificar como ecológicas y solo está permitida actualmente la mención "vino elaborado con uvas ecológicas".

En el Plan de actuación europeo sobre la alimentación y la agricultura ecológicas de 2004, la Comisión se comprometió a establecer normas ecológicas específicas para toda la producción agrícola, incluida la vinificación. En este contexto, el proyecto de investigación ORWINE recibió financiación al amparo del Sexto Programa Marco. Basándose en sus conclusiones, se presentaron por primera vez en junio de 2009 propuestas jurídicas sobre la definición de vino ecológico en el Comité Permanente de Agricultura Ecológica, pero quedaron sin tramitar y se retiraron en junio de 2010. El trabajo prosiguió en 2011 y el proyecto recibió un dictamen favorable del Comité Permanente de Agricultura Ecológica el 8 de febrero de 2012.

Elementos fundamentales de las propuestas

Las nuevas normas sobre vinificación ecológica introducen una definición técnica de vino ecológico coherente con los objetivos y principios ecológicos establecidos en el Reglamento (CE) nº 834/2007 sobre la producción ecológica. El Reglamento establece las técnicas y sustancias enológicas autorizadas a efectos de la producción de vino ecológico.

Entre ellas destaca el contenido máximo de sulfito, que se fija en 100 mg por litro para el vino tinto (150 mg/l para el vino convencional) y en 150mg/l para el vino blanco o rosado (200 mg/l para el vino convencional), con un diferencial de 30 mg/l cuando el contenido en azúcar residual es superior a 2 g por litro.



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