El Ministerio de Industria, Energía y Turismo señala que la Comisión Europea (CE), en su documento “Best practices on Renewable Energy Self-consumption”, no se ha posicionado en contra de medidas adoptadas en Estados Miembros, ni mucho menos sobre las medidas introducidas en el proyecto de RD de autoconsumo que se encuentra en tramitación en España actualmente. El RD de autoconsumo en tramitación se ajusta a las recomendaciones y mejores prácticas recogidas en el informe de la Comisión. El documento es meramente descriptivo y propone recomendaciones a seguir en los desarrollos normativos del autoconsumo.

En su comunicado, la UNEF afirma que “las recomendaciones de la CE sobre autoconsumo invalidan el RD del Gobierno de España”. Sin embargo, esta declaración no se ajusta a la realidad del informe, que es descriptivo y sugiere recomendaciones sobre el desarrollo de autoconsumo, pero no entra a valorar las medidas adoptadas en el RD en tramitación.

La UNEF también destaca que “la Comisión se ha posicionado en contra de algunas de las medidas más polémicas introducidas en el proyecto de RD de autoconsumo que se encuentra en tramitación en España.” Es un argumento erróneo, ya que el informe de la Comisión analiza de forma global los diferentes modelos de autoconsumo de diferentes Estados Miembros. En relación a España, la Comisión dice literalmente (traducido al español): “Hasta los 100 kW, la regulación está aún pendiente de aprobarse.”

Otra de las críticas de la UNEF es que el informe denuncia que los procesos administrativos complejos para la autorización de proyectos representan “una importante barrera para la competitividad de los pequeños y medianos proyectos” y aboga por la eliminación de cualquier necesidad de legalización para las pequeñas instalaciones más allá de un “sistema de notificaciones sencillo”.

Desde el Ministerio se aclara que el RD no exige requisitos adicionales de índole administrativa que para cualquier consumidor o productor de energía eléctrica. Tan sólo se exige la inscripción en un registro administrativo, lo que se justifica por razones técnicas y de seguridad. Además, el trámite de inscripción será simplificado para los pequeños consumidores.Por tanto el RD de autoconsumo en tramitación respeta fielmente el espíritu de las recomendaciones de la Comisión, que es que los requisitos de autorización sean proporcionados.

Asimismo, la UNEF afirma que  documento aboga por la eliminación de “cargos discriminatorios para los autoconsumidores” y por la necesidad de garantizar la no retroactividad de los cambios administrativos, “asegurando la estabilidad de las inversiones en autoconsumo ya realizadas”. Sin embargo el RD de autoconsumo en tramitación respeta las recomendaciones de la Comisión, ya que no establece cargos discriminatorios. El autoconsumidor deberá contribuir a los costes regulados del sistema de igual forma que el resto de consumidores, tanto para las redes eléctricas como para el resto de servicios del sistema. Además, no es retroactivo. La norma contempla un plazo para adaptarse a la nueva regulación para garantizar que todos los consumidores estén en igualdad de condiciones. Por consiguiente, no se afecta a las inversiones de autoconsumo ya realizadas.

Finalmente, la Unión informa de que el borrador propuesto prevé unas “cargas”, conocidas popularmente como “impuesto al sol”, para todos los que opten por este sistema de ahorro y eficiencia energética.” Esta afirmación no es cierta. No se crean nuevos cargos ni impuestos, sino que lo que se pretende es que todos los consumidores estén en igualdad de condiciones.

El autoconsumidor deberá contribuir a los costes regulados del sistema de igual forma que el resto de consumidores, tanto para las redes eléctricas como para el resto de servicios del sistema. De no hacerlo, se estaría percibiendo una subvención del resto de consumidores, lo que perjudicaría a los más vulnerables, que verían incrementada su factura por tener que hacer frente a esos costes.

 



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