Las especies exóticas invasoras, según el decreto, constituyen una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en el mundo y la introducción de algunas de ellas puede ocasionar graves perjuicios a la economía, la producción agrícola, ganadera y forestal, incluso a la salud pública. Entre ellas se incluyen algunas como el mejillón cebra o el caracol manzana.

El Catálogo incorpora 53 nuevas especies con potencial invasor y excluye tres especies que estaban en el Listado de Especies exóticas con potencial invasor anterior que queda eliminado en este Real Decreto.

En general, este catálogo incluye las especies que representan mayor peligro para la biodiversidad y establece las medidas para prevenir su introducción, su control y posible erradicación.

El Gobierno destaca el intenso procedimiento de participación, tanto de las administraciones autonómicas como la de la sociedad civil y fue analizado en abril por el Consejo Asesor de Medio Ambiente (CAMA) y analizado la semana pasada en la reunión entre el ministro Miguel Arias Cañete y las cinco principales ONG ecologistas.

El Real Decreto aprobado el viernes desarrolla el artículo 61 de la Ley 42/2007, del 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad que creó el Catálogo de especies exóticas invasoras.

El mismo artículo de esta Ley se desarrolló en el Real Decreto 1628/2011 sobre especies exóticas invasoras de 14 de noviembre de 2011, que recogía un listado de especies exóticas con potencial invasor. Este listado suscitó numerosas alegaciones por parte de varias comunidades autónomas y de asociaciones de pescadores, ya que se incluían algunas especies como la trucha arcoiris que suelen cazarse en pesca deportiva. Además, se presentaron recursos ante el Tribunal Supremo, órgano que, posteriormente suspendió el citado listado.

Propuestas de las Comunidades Autónomas

Según el Gobierno, entre las modificaciones que introduce el Real Decreto aprobado este viernes, destaca la eliminación del Listado de Especies Exóticas con Potencial Invasor que será sustituido por una relación indicativa que propondrán para sus territorios las comunidades autónomas y la Comisión Estatal de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Estas especies estarán sujetas a mayor nivel de control y vigilancia y, llegado el caso, se propondrá su inclusión en el Catálogo.

En este sentido, fuentes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente han explicado a Europa Press el Listado desaparece y se establece un Catálogo, que es de carácter Nacional e incluye especies que afectan a todo el territorio pero que, además, las comunidades autónomas, podrán elaborar su propio listado. Según estas fuentes, de este modo se pone orden en la gestión de especies porque había especies invasoras en unos territorios que no lo eran en otros, como por ejemplo, el almendro.

Asimismo, una vez realizados los análisis de riesgos por parte de las comunidades autónomas, las especies a proponer se analizarán en el Comité de Aprobación Estatal, del que forman parte los directores generales de medio ambiente de las comunidades autónomas y la directora general de calidad y evaluación ambiental del MAGRAMA.

Concretamente, tras un debate posterior al análisis técnico científico en profundidad el Catálogo incorpora un total de 53 nuevas especies exóticas invasoras que no estaban incluidas en el anterior catálogo pero, en su gran mayoría, recogidas en el antiguo Listado. Del listado anterior se excluyen tres especies, concretamente: el “Batrachochytrium dendrobatidis”, un hongo que afecta a los anfibios; “Undaria pinnatifida”, una macroalga de cultivo autorizado con fines comerciales en Galicia, y “Helianthus tuberosus”, una planta sobre la que existían discrepancias, ya que se incluyó en el Atlas de Plantas Alóctonas Invasoras y que no estaba incluida por la UICN como especie exótica invasora.

Por otro lado el Real Decreto aprobado por el equipo de Gobierno, establece también una mejora significativa en la identificación de los procedimientos y de las competencias en el caso de intervención de estas especies en los puestos fronterizos.

Finalmente, en el caso de las especies incluidas en el Catálogo introducidas en el medio natural antes de la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad, se establece la posibilidad de su control mediante la caza y la pesca en las áreas ocupadas con anterioridad a la promulgación de esa ley.



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Josep Ribés
Josep Ribés
4 años ago

Y…….¿Qué vamos a hacer con esas especies?, menos catalogos y más actividades.