Durante su comparecencia, Elena Espinosa explicó que el Proyecto de Ley de Almacenamiento Geológico de Carbono, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 9 de abril, tiene como objetivo incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva Europea 2009/31/CE, adaptándola a la realidad española, y estableciendo un régimen propio orientado a garantizar la seguridad para el medio ambiente y las personas.

La aplicación de esta regulación, que será compartida entre los Ministerios de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino e Industria, Turismo y Comercio y las Comunidades Autónomas, se basa en una política de lucha contra el cambio climático en el marco de los compromisos internacionales españoles, y que generará empleo en el sector más avanzado de las nuevas tecnologías.

Según Elena Espinosa, el proyecto de Ley de Almacenamiento Geológico de Carbono regula, entre otros aspectos, el permiso de investigación para determinar la capacidad de almacenamiento de un lugar, así como la concesión del título que confiere al titular el derecho exclusivo a almacenar CO2, concesión que es otorgada, en todos los casos, por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, previo informe del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, y de las Comunidades Autónomas afectadas.

Asimismo, el proyecto de Ley regula el funcionamiento del almacenamiento, su cierre y sellado, que se realizará de acuerdo con un plan de gestión que será aprobado por la Comunidad Autónoma, y la transferencia de responsabilidad, sobre el lugar de almacenamiento, al Estado.

Además, ha explicado Espinosa, el proyecto de Ley de Almacenamiento Geológico de Carbono regula el establecimiento de un fondo, con las aportaciones de los titulares de las concesiones, para atender los costes necesarios, con el fin de garantizar que el CO2 permanece completamente confinado tras la transferencia de responsabilidad.

A efectos del Derecho interno español, es importante destacar que se ha decidido abordar la transposición a través de un Proyecto de Ley ad hoc, en lugar de reformar otras normas de nuestro ordenamiento, como la Ley de Minas, debido a las singulares características de la captura y almacenamiento de carbono y porque su interés se centra en contribuir a la mitigación del cambio climático mediante una técnica novedosa que exige un régimen jurídico propio.



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