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Según
la normativa vigente, el transporte de mercancías peligrosas
y, por lo tanto, de residuos peligrosos, engloba aquellas
operaciones de transporte realizadas total o parcialmente
en vías públicas, incluidas las actividades
de carga y descarga. En España, el sistema más
habitual de transporte es por carretera y su regulación
se ha visto recientemente adaptada a la normativa europea
ADR sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera.
El RD 952/1997 incluye la lista de todos los residuos considerados
como peligrosos, a los que se suman sus recipientes y envases,
y aquellos otros que sean calificados como peligrosos por
la normativa comunitaria, así como otros que pueda
aprobar el Gobierno. En cualquier caso y, atendiendo al principio
de prevención, la reducción en la producción
de residuos es el mejor método para no transportarlos.
Hoy en día se producen más de 3,4 millones de
toneladas de residuos peligrosos, correspondiendo el 24% a
Cataluña, seguida del País Vasco con el 16%,
y Asturias y Galicia con el 15%. Mientras, las demás
comunidades autónomas se reparten el 30%.
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Diferenciando
por sectores, la industria química produce el
32%, automoción el 11%, siderurgia el 10%, alimentación
el 8%, la industria papelera el 7,5% y la industria
del cuero el 7%.
En relación con la particularidad de este tipo
de transporte, principalmente por los riesgos que conlleva
sobre las personas y el efecto contaminante sobre el
medio ambiente en general, existe una amplia normativa,
tanto comunitaria, nacional, autonómica y, en
algunos casos, local. Tanto es así que en el
año 2000 existían 58 normas administrativas
referentes a las sustancias peligrosas.
En el ámbito de la Unión Europea, el transporte
de residuos peligrosos está limitado por los
principios de la política común de medio
ambiente.
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| Transporte
especial de residuos peligrosos |
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A nivel nacional, cada estado miembro debe contar con unos
planes directores de gestión de residuos en los que
se englobará la normativa comunitaria sobre RP, es
decir, la Directiva 91/689/CEE relativa a los residuos peligrosos,
la Directiva 75/442/CEE relativa a residuos y la Directiva
94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases. En
concreto, cada estado miembro deberá cumplir con las
normas del ADR, esto es, las normas del Acuerdo Europeo sobre
Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por
Carretera.
España cuenta con el Real Decreto 2115/1998 sobre el
Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera.
Por otro lado, y debido a que las competencias sobre gestión
del medio ambiente se encuentran trasvasadas a las comunidades
autónomas, existe una regulación administrativa
diversa sobre transporte de residuos peligrosos.
De forma general, cualquier tipo de actividad que suponga
la manipulación y trasiego de residuos peligrosos está
sometida a autorización previa por el órgano
competente de cada comunidad autónoma. Son estos órganos
los que establecen los requisitos necesarios para la concesión
de la autorización, fijando los plazos y condiciones
en las que se otorgan.
A nivel nacional, el Estado tendrá capacidad negociadora
y representativa ante organismos internacionales, coordinación
de políticas autonómicas, traslados transfronterizos
de mercancías y, en general, competencias que rebasen
el ámbito de la comunidad autónoma. Por otro
lado, los municipios se limitarán a otorgar licencias
de actividades clasificadas y, en ocasiones, funciones que
les atribuyan las CCAA.
En cualquier caso, uno de los aspectos que se repite de forma
continua en cualquier legislación es la seguridad del
transporte, seguido de otros conceptos como permisos, licencias,
etc.
En lo que respecta a los conductores de los vehículos,
precisarán de una autorización especial, estarán
siempre informados sobre los posibles riesgos que conlleva
la carga transportada, las medidas para evitar cualquier tipo
de accidente, y las instrucciones a seguir en caso de accidente
para cada sustancia que transporte, facilitadas por el fabricante
o expedidor de cada material transportado.
Por otro lado, según el Real Decreto 1566/1999, las
empresas de transporte de mercancías peligrosas, con
el fin de prevenir los riesgos inherentes a este tipo de transporte,
contarán con un consejero de seguridad. Su cometido
será el de respetar siempre la normativa aplicable
en el ámbito del transporte de RP, ADR, Reglamento
de Circulación, Reglamento de Conductores, etc.
En lo que respecta a los vehículos, el convenio ADR
establece el régimen de homologación del mismo
para cada tipo de transporte. Estos vehículos, además
de someterse a las habituales inspecciones técnicas
ITV, superarán los controles pertinentes de las entidades
colaboradoras de la administración ECA, específicos
sobre las condiciones del vehículo relativas a seguridad
vial, protección del medio ambiente, inscripciones
reglamentarias, reformas, etc. Cada cargamento transportado
deberá llevar consigo los siguientes documentos:
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| Cisterna
de transporte de productos peligrosos |
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carta
de porte, documento de control y seguimiento, instrucciones
escritas para el conductor, certificado de aprobación
para cada unidad de transporte, certificado de formación
del conductor, certificado de arrumazón del contenedor
o certificado de limpieza de la cisterna, autorización
para efectuar el transporte en el caso de residuos radiactivos
o explosivos, y copia de cualquier acuerdo que suponga
exención al cumplimiento del ADR.
La carta de porte es el contrato de transporte que habitualmente
se realiza entre el productor de residuos, que no suele
tener la capacidad de transportar sus RP, y una empresa
de transportes, no obligada más que a entregar
los bienes objeto del contrato, bajo la responsabilidad
del productor de los residuos.
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El
documento de Control y Seguimiento, quizás el más
específico de este tipo de transporte, lo emite el
órgano competente de cada comunidad autónoma,
o del Ministerio de Medio Ambiente en caso de circular por
varias CCAA, tras la pertinente solicitud por parte del transportista.
Contiene el nombre o razón social del destinatario
y del transportista, medio de transporte e itinerario previsto,
cantidades, características y código de identificación
de los residuos, y fecha o fechas de los envíos.
Además, cada transporte contará con las Fichas
de Protección Civil, facilitadas por el Ministerio
de Fomento y el de Interior, con la colaboración de
FEIQUE, para actuación en caso de accidentes en transportes
de sustancias peligrosas. Van dirigidas a los servicios de
intervención en situaciones de emergencia y contienen
los métodos de actuación en caso de accidente.
En cuanto al gestor de residuos, destaca entre sus obligaciones
el contar con una autorización administrativa de gestión,
obtenida tras justificar mediante la entrega de un estudio
de la tecnología aplicable a las instalaciones y a
su funcionamiento, proceso de tratamiento o eliminación,
dotación de personal y material y, en general, prescripciones
técnicas, así como las medidas de control y
corrección de las consecuencias que puedan derivarse
de averías o accidentes.
En lo que respecta a la organización de cada cargamento
y, aceptando la seguridad como elemento determinante en la
gerencia empresarial, han de tomarse las medidas de seguridad
que se indican en el RD 2115/1998, referidas a la documentación,
tarjeta de ITV, certificado ADR, etc.; estado del equipamiento
del vehículo, extintores, herramientas, equipo de protección
personal, etc.; comprobaciones previa a la carga; inmovilización
del vehículo, carga residual en cisternas, etc.; comprobaciones
durante la carga, ausencia de fugas y derrames, prohibición
de fumar, etc.; y controles después de la carga, bocas
de carga cerradas, ausencia de fugas y derrames, peso transportado,
etc.
Por otro lado, suscribirá un seguro de responsabilidad
civil y prestará una fianza por cuantía suficiente,
como mínimo del 5% del valor del transporte, con el
objeto de cubrir los daños que puedan causarse a terceros
y al medio ambiente. Además, será preciso llevar
un registro documental en el que figuren la cantidad, naturaleza,
origen, destino, frecuencia de recogida, medio de transporte,
y método de valorización o eliminación
de los residuos generados y, posteriormente, una memoria anual
de actividades, la cual se presentará ante el órgano
competente de la comunidad autónoma.
Con el objetivo de identificar el residuo transportado y el
peligro que presenta en caso de accidente, identificación,
etc., existe una serie de códigos identificativos según
el material transportado, tipo de residuo, los riesgos que
conlleva, y el tipo de envase.
El primer código, identificación ONU del producto,
clasifica los materiales según su naturaleza. Se indicará
en la parte superior de los paneles de identificación,
de forma rectangular y color naranja retro-reflectante.
En cuanto a la clasificación de residuos peligrosos,
existe un código de identificación de residuos
formado por unas letras y números de la siguiente forma:
- Razón
de la necesidad de que sean gestionados (Q).
- Cómo
son gestionados (D/R).
- Tipo
genérico al que pertenecen (L,P,S: uno o varios).
- Principales
Constituyentes (C ).
- Características
de peligrosidad (H: máximo dos).
- Actividad
(A).
- Proceso
que los ha producido (B).
El
Código quedaría constituido de la siguiente
forma: Q- // D- // L,P,S, - // C- // H- // A- // B- y los
valores correspondientes a cada determinación se determinan
en el RD 952/1997 y el RD 833/1988.
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En
el caso de realizar el transporte de residuos embalados
o envasados, deberán ir provistos de una codificación
que determine el tipo de envase mediante una cifra arábiga
y una o varias letras mayúsculas que indican
el material, acero, madera, etc.
A pesar de las medidas de precaución tomadas,
es posible como en cualquier otro tipo de transporte
que se produzcan accidentes. Las causas más habituales
son las que se derivan de fallos humanos como el exceso
de velocidad y cansancio del conductor al volante, seguidas
de fallos técnicos, habitualmente evitables en
revisiones de mantenimiento.
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| El
tráfico aporta riesgo al transporte de mercancías
peligrosas |
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Ante
esta situación la Federación Empresarial de
la Industria Química Española FEIQUE y la Dirección
General de Protección Civil suscriben en 1997 un acuerdo
para constituir el Centro Español de Respuesta ante
Emergencias durante el transporte de productos químicos
peligrosos CERET, que actualmente coordina la actuación
inmediata de los equipos especiales en caso de accidente.
Aunque sea el transporte de mercancías peligrosas por
carretera uno de los más seguros existe un enorme riesgo,
debido a su naturaleza, que justifica todos los controles
realizados desde las distintas entidades involucradas hasta
los propios transportistas.
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