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las
aguas receptoras y el tamaño de la población afectada.
Según la Directiva, los Estados miembros, por un lado debían haber
determinado sus zonas vulnerables el 31 de diciembre de 1993. Por
otro, haber implantado normas de regulación de vertidos directos
o indirectos a las mismas, antes del 31 de diciembre de 1998, incluida
la eliminación de los nutrientes que contribuyen a la eutrofización.
En España, son las Comunidades Autónomas las responsables de determinar
estas zonas sensibles, tanto en aguas interiores como costeras,
y el gobierno nacional en aquellas
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aguas
compartidas por dos o más Comunidades. Por el momento, la mayor
parte de las regiones autónomas tienen pendientes estos estudios.
En Andalucía, por ejemplo, tras diferentes estudios realizados,
puede afirmarse de manera general que, cerca del 50% de los embalses
regionales presentan un estado eutrófico, o bien se aprecia una
tendencia clara hacia dicho estado.
La Comisión Europea, frente a estas situaciones, ha enviado escritos
de advertencia a España, así como a Portugal, Bélgica, Irlanda,
Francia, Alemania y Reino Unido por el incumplimiento de estas medidas.
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España
ha remitido desde abril del 2.000 los programas de acción correspondientes
a algunas de las nueve Comunidades Autónomas afectadas, aunque todavía
no se han aprobado los programas relativos a Castilla-León, Andalucía,
Valencia y Baleares.
La aplicación de estas normas es necesaria.
Redacción
Ambientum
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