La prohibición entrará en vigor en un plazo de tres a cinco años y podrá levantarse caso a caso, cuando una empresa  haya demostrado que su uso específico no es nocivo para la salud ni el medio ambiente, según establece el proceso de autorización de la norma REACH (reglamento europeo de control y gestión de sustancias químicas).

Aunque para CCOO la decisión tomada por la Comisión Europea es un primer paso en el control de las sustancias químicas, es insuficiente puesto que en Europa se comercializan al menos 1.500 sustancias  químicas altamente preocupantes.

Salud y Medio Ambiente

El secretario de Salud Laboral de CCOO, Pedro J. Linares, recuerda: “Se estima que cada día se utilizan  miles de sustancias químicas peligrosas que, según diversos estudios, conllevan la muerte de 4.000 trabajadores al año en España, al menos 33.000 enferman y más de 18.000 sufren accidentes a causa de la exposición a sustancias químicas peligrosas en su trabajo”.

“REACH se concibió como una iniciativa para proteger a estos trabajadores de los daños ocasionados por la exposición a tóxicos”, añade Linares, quien considera que  se trata de una noticia agridulce. “Es mejor que nada, claro, pero los asalariados, cada día, siguen sufriendo graves daños a la salud. Habrá que ver, además, en qué condiciones se conceden autorizaciones a las empresas.”

Por su parte, el secretario de Medio Ambiente de CCOO, Llorenç Serrano, se lamenta: “Hemos esperado cinco largos años para tener una lista negra de sustancias peligrosas que cuenta sólo con seis sustancias, de las más de 1500 que deberían haberse incluido. A este ritmo, tendremos que esperar 200 años para que se retiren del mercado las sustancias más peligrosas”.  Serrano señala que la aportación de la Administración española al proceso es mínima. “De las 47 candidatas de los Estados de la Unión Europea, de momento, España únicamente ha propuesto una sustancia para que sea prohibida. Exigimos un mayor compromiso e iniciativa por parte de nuestro Gobierno, responsable de proteger nuestra salud y nuestro medio ambiente”.

La Comisión adoptó la decisión el pasado 17 de febrero y es un primer paso en la aplicación del requisito de autorización que establece el Reglamento REACH, cuyo objetivo es asegurar que los riesgos derivados de sustancias altamente preocupantes se controlan adecuadamente así como promover el uso de sustancias más seguras mediante un proceso continuo durante el cual se irán incorporando sustancias a prohibir en el futuro.

Las primeras sustancias sujetas al proceso de autorización de REACH se debe a que son cancerígenas, tóxicas para la reproducción o persisten en el medio ambiente y se acumulan en los organismos vivos.

Las empresas que deseen vender o usar cualquiera de estas seis sustancias tendrán que demostrar que se adoptarán las medidas de seguridad necesarias para controlar adecuadamente los riesgos, o que los beneficios para la economía y la sociedad son mayores que los riesgos que suponen para la salud y el medio ambiente. Cuando existan sustancias o técnicas alternativas viables, también tendrá que ser presentado un calendario para sustituir dichas sustancias peligrosas.

 



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