Lámparas y luminarias que se reciclan

El Real Decreto 110/2015 del 20 de febrero de 2015 establece, en su categoría 5, cuáles son los “aparatos de alumbrado” que tienen que reciclarse.

Desde el pasado 15 de agosto de 2018 ha entrado en vigor una nueva clasificación, en la que se contemplan las lámparas en la categoría 3, los “grandes aparatos” de iluminación (de más de 50 cmts.) en la categoría 4 y las luminarias que no superan los 50 cmts. dentro de la categoría 5.

Las lámparas que se reciclan son los fluorescentes, las bombillas de bajo consumo, las de descarga y las bombillas leds.

Quedan excluidas, por tanto, las lámparas de incandescencia y las halógenas.

En cuanto a las luminarias, hay que reciclar tanto las de uso exterior como las de interior, además de las de emergencia, los rótulos luminosos y las luminarias led.