INVENTARIO EUROPEO DE EMISIONES CONTAMINANTES;
REGISTRO EPER

 
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En el año 2.003 entró en funcionamiento en el ámbito de la Unión Europea una herramienta de control de emisiones contaminantes a la atmósfera generadas a partir de diversas actividades industriales, económicas y sociales denominada comúnmente “registro EPER”. Corresponden estas siglas al “European Pollutant Emission Register” (Inventario Europeo de Emisiones Contaminantes), creado a partir de lo dispuesto en la Decisión 2000/479/CE que desarrolla el artículo 15 de la Directiva 96/61/CE relativa a la prevención y control integrados de la contaminación (IPPC).

La legislación española transpone esta Directiva a través de la Ley 16/2.002, de 1 de julio, relativa a la prevención y control integrados de la contaminación. En el artículo 8 de la esta Ley se establece la elaboración del Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes (EPER-España), con el objeto de recopilar los datos españoles para, posteriormente, tal y como cita el artículo 1 de la Decisión, remitirlos a la Comisión Europea para formar parte del Inventario Europeo de Emisiones Contaminantes.

Esta Ley tiene por objeto “evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto”.

Los objetivos fundamentales de esta iniciativa, basada en la información sobre la emisión anual de 50 contaminantes al agua y la atmósfera aportada por los propios gestores de los focos contaminantes a los organismos públicos competentes, son los siguientes:

· Recopilar, almacenar y publicar información acerca de determinadas emisiones generadas al aire y al agua por las instalaciones contempladas en la Ley 16/2002.
· Proporcionar información al público en general, instituciones, industrias, etc, de forma accesible y comparable sobre las emisiones contaminantes de las citadas actividades.
· Lograr influir en estas instalaciones para mejorar el impacto ambiental de sus emisiones.
· Disponer de una completa y accesible base de datos compartida que permita controlar y evaluar las emisiones contaminantes.

En la siguiente tabla se resumen de forma general las instalaciones contempladas en la Ley 16/2002.

CATEGORIAS DE ACTIVIDADES E INSTALACIONES CONTEMPLADAS EN LA LEY 16/2002
INSTALACIONES DE COMBUSTION
INDUSTRIAS QUIMICAS
Instalaciones de combustión con potencia térmica de combustión superior a 50 MW.
Instalaciones para la fabricación de productos orgánicos de base.
Refinerias de petróleo y gas.
Instalaciones para la fabricación de productos inorgánicos de base.
Coquerías.
Instalaciones para la fabricación de fertilizantes.
Instalaciones de gasificación y licuefacción de carbón.
Instalaciones para la fabricación de productos de base fitofarmacéuticos y de biocidas.
PRODUCCION Y TRANSFORMACION DE METALES
Instalaciones para la fabricación de medicamentos de base.
Instalaciones de calcinación o sinterizacion de minerales metálicos.
Instalaciones para la fabricación de explosivos.
Instalaciones para la producción de fundición o de aceros brutos.
GESTION DE RESIDUOS
(Excluidas las citadas en art. 14 de la ley 10/1998)
Instalaciones para la transformación de metales ferrosos.
Instalaciones para la valorización de residuos peligrosos.
Fundiciones de metales ferrosos (> 20Tm/dia).
Instalaciones para la incineración de residuos municipales.
Instalaciones para la producción de metales en bruto no ferrosos.
Instalaciones para la eliminación de residuos peligrosos.
Instalaciones para la fusión de metales no ferrosos.
Vertederos de todo tipo de residuos (> 10 Tm/día).
Instalaciones para el tratamiento de superficie de metales y materiales plásticos por procedimiento electrolítico o químico.
INDUSTRIA TEXTIL
INDUSTRIAS MINERALES
Instalaciones de lavado, blanqueo o mercerización.
Instalaciones de fabricación de cemento.
Instalaciones de tintado de fibras o productos textiles.
Instalaciones para la obtención de amianto y sus productos derivados.
INDUSTRIA DEL CUERO
Instalaciones para la fabricación de vidrio.
Instalaciones para el curtido de cuero (>12 Tm/dia).
Instalaciones para la fundición de materiales minerales.
INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS
Y EXPLOTACIONES GANADERAS
Instalaciones para la fabricación de productos cerámicos.
Mataderos (>50 Tm/día).
INDUSTRIAS DEL PAPEL Y CARTON
Instalaciones para el tratamiento y transformación destinados a la fabricación de productos alimenticios.
Instalaciones para la fabricación de pasta de papel a partir de madera u otras materias fibrosas.
Instalaciones para el tratamiento y transformación de la leche.
Instalaciones para la fabricación de pasta de papel y cartón (>20 Tm/dia).
Instalaciones para la eliminación o aprovechamiento de desechos animales.
Instalaciones de producción y tratamiento de celulosa (>20 Tm/día).
Instalaciones destinadas a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos.
CONSUMO DE DISOLVENTES ORGANICOS
INDUSTRIA DEL CARBONO.
Instalaciones para el tratamiento de superficies de materiales, objetos o productos con utilización de disolventes orgánicos.
Instalaciones para la fabricación de carbono sinterizado o electrografito.

 

El proceso de registro de emisiones a nivel europeo comienza prácticamente un año antes de su publicación con la notificación por parte de las instalaciones afectadas a los organismos competentes de las correspondientes Comunidades Autónomas de sus emisiones a la atmósfera y vertido al agua de forma anual. A nivel nacional, las primeras notificaciones se realizaron a lo largo del año 2002 con datos de emisión del 2001. Con estos, los Estados miembros enviaron su primer informe a la comisión en 2003, siendo estos los actualmente publicados en Internet. La próxima campaña de notificación a nivel nacional, con datos sobre las emisiones en 2004, se fechó para junio de 2006 y, según los resultados obtenidos, se pretende realizar campañas de notificación anuales. En la tabla adjunta se refieren los tipos de contaminante que deben ser notificados.

ATMOSFERA
AGUA
Oxido de azufre y otros compuestos de azufre. Compuestos organohalogenados y sustancias que puedan originarlos en el agua.
Oxido de nitrógeno y otros compuestos de nitrógeno. Hidrocarburos persistentes y sustancias orgánicas tóxicas persistentes y bioacumulables.
Monóxido de carbono.
Compuestos organoestánncios.
Compuestos orgánicos volátiles.
Compuestos organofosforados.
Metales y sus compuestos.
Cianuros.
Polvos. Metales y sus compuestos.
Amiantos (partículas en suspensión, fibras).
Arsénico y sus compuestos.
Cloro y sus compuestos.
Biocidas y productos fitosanitarios.
Flúor y sus compuestos.
Materias en suspensión.
Arsénico y sus compuestos. Sustancias que provocan el incremento de DBO y DQO.
Sustancias cancerígenas, mutágenas o que puedan afectar la reproducción a través del aire. Sustancias cancerígenas, mutágenas o que puedan afectar la reproducción a través del medio acuatico.
Policlorodibenzodioxina y policlorodibenzofuranos.
Sustancias que contribuyen a la eutrofización
Cianuros.
 

 

El proceso de notificación de contaminantes emitidos al agua y a la atmósfera es una obligación de aquellas instalaciones, de titularidad pública o privada, en las que se realice alguna de las actividades industriales incluidas en la Ley 16/2002 y, su omisión se considera una infracción sancionable con multa de hasta 20.000 €. Estas notificaciones se realizan a través de formularios y procedimientos existentes en el organismo competente de cada Comunidad Autónoma o, en su defecto en el Servicio Ambiental de Racionalización de la Dirección General de Medio Ambiente.

Una vez finalizada la campaña de notificación, el organismo competente de la administración revisa los datos recibidos para su validación, notificándolos a la empresa. Posteriormente, a través de EPER España y de EPER Europa, se publican aquellos datos que superan los umbrales de notificación. Esta información puede consultarse en la página web www.eper-es.com.

Por último, a nivel de la UE, la Comisión Europea y la Agencia Europea de Medio Ambiente publicaron en Internet a principios de 2.004 el Registro Europeo de Emisiones Contaminantes, reuniendo y ofreciendo información de más de 10.000 instalaciones industriales activas a través de la página web www.eper.eea.eu.int/eper.

 

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