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En el
año 2.003 entró en funcionamiento en el
ámbito de la Unión Europea una herramienta
de control de emisiones contaminantes a la atmósfera
generadas a partir de diversas actividades industriales,
económicas y sociales denominada comúnmente
“registro EPER”. Corresponden estas siglas
al “European Pollutant Emission Register”
(Inventario Europeo de Emisiones Contaminantes), creado
a partir de lo dispuesto en la Decisión 2000/479/CE
que desarrolla el artículo 15 de la Directiva
96/61/CE relativa a la prevención y control integrados
de la contaminación (IPPC).
La legislación española
transpone esta Directiva a través de la Ley 16/2.002,
de 1 de julio, relativa a la prevención y control
integrados de la contaminación. En el artículo
8 de la esta Ley se establece la elaboración
del Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes
(EPER-España), con el objeto de recopilar los
datos españoles para, posteriormente, tal y como
cita el artículo 1 de la Decisión, remitirlos
a la Comisión Europea para formar parte del Inventario
Europeo de Emisiones Contaminantes.
Esta Ley tiene por objeto “evitar
o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la
contaminación de la atmósfera, del agua
y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema
de prevención y control integrados de la contaminación,
con el fin de alcanzar una elevada protección
del medio ambiente en su conjunto”.
Los objetivos fundamentales de esta iniciativa,
basada en la información sobre la emisión
anual de 50 contaminantes al agua y la atmósfera
aportada por los propios gestores de los focos contaminantes
a los organismos públicos competentes, son los
siguientes:
· Recopilar, almacenar y publicar
información acerca de determinadas emisiones
generadas al aire y al agua por las instalaciones contempladas
en la Ley 16/2002.
· Proporcionar información al público
en general, instituciones, industrias, etc, de forma
accesible y comparable sobre las emisiones contaminantes
de las citadas actividades.
· Lograr influir en estas instalaciones para
mejorar el impacto ambiental de sus emisiones.
· Disponer de una completa y accesible base de
datos compartida que permita controlar y evaluar las
emisiones contaminantes.
En la siguiente tabla se resumen de forma
general las instalaciones contempladas en la Ley 16/2002.
| CATEGORIAS
DE ACTIVIDADES E INSTALACIONES CONTEMPLADAS EN LA
LEY 16/2002 |
INSTALACIONES
DE COMBUSTION
|
INDUSTRIAS
QUIMICAS |
Instalaciones
de combustión con potencia térmica
de combustión superior a 50 MW.
|
Instalaciones
para la fabricación de productos orgánicos
de base. |
Refinerias
de petróleo y gas.
|
Instalaciones
para la fabricación de productos inorgánicos
de base. |
Coquerías.
|
Instalaciones
para la fabricación de fertilizantes. |
Instalaciones
de gasificación y licuefacción de
carbón.
|
Instalaciones
para la fabricación de productos de base
fitofarmacéuticos y de biocidas. |
PRODUCCION
Y TRANSFORMACION DE METALES
|
Instalaciones
para la fabricación de medicamentos de base. |
Instalaciones
de calcinación o sinterizacion de minerales
metálicos.
|
Instalaciones
para la fabricación de explosivos. |
Instalaciones
para la producción de fundición o
de aceros brutos.
|
GESTION
DE RESIDUOS
(Excluidas las citadas en art. 14 de la ley 10/1998)
|
Instalaciones
para la transformación de metales ferrosos.
|
Instalaciones
para la valorización de residuos peligrosos. |
Fundiciones
de metales ferrosos (> 20Tm/dia).
|
Instalaciones
para la incineración de residuos municipales. |
Instalaciones
para la producción de metales en bruto no
ferrosos.
|
Instalaciones
para la eliminación de residuos peligrosos. |
Instalaciones
para la fusión de metales no ferrosos.
|
Vertederos
de todo tipo de residuos (> 10 Tm/día). |
Instalaciones
para el tratamiento de superficie de metales y materiales
plásticos por procedimiento electrolítico
o químico.
|
INDUSTRIA
TEXTIL |
INDUSTRIAS
MINERALES
|
Instalaciones
de lavado, blanqueo o mercerización. |
Instalaciones
de fabricación de cemento.
|
Instalaciones
de tintado de fibras o productos textiles. |
Instalaciones
para la obtención de amianto y sus productos
derivados.
|
INDUSTRIA
DEL CUERO |
Instalaciones
para la fabricación de vidrio.
|
Instalaciones
para el curtido de cuero (>12 Tm/dia). |
Instalaciones
para la fundición de materiales minerales.
|
INDUSTRIAS
AGROALIMENTARIAS
Y EXPLOTACIONES GANADERAS |
Instalaciones
para la fabricación de productos cerámicos.
|
Mataderos
(>50 Tm/día). |
INDUSTRIAS
DEL PAPEL Y CARTON
|
Instalaciones
para el tratamiento y transformación destinados
a la fabricación de productos alimenticios. |
Instalaciones
para la fabricación de pasta de papel a partir
de madera u otras materias fibrosas.
|
Instalaciones
para el tratamiento y transformación de la
leche. |
Instalaciones
para la fabricación de pasta de papel y cartón
(>20 Tm/dia).
|
Instalaciones
para la eliminación o aprovechamiento de
desechos animales. |
Instalaciones
de producción y tratamiento de celulosa (>20
Tm/día).
|
Instalaciones
destinadas a la cría intensiva de aves de
corral o de cerdos. |
CONSUMO
DE DISOLVENTES ORGANICOS
|
INDUSTRIA
DEL CARBONO. |
Instalaciones
para el tratamiento de superficies de materiales,
objetos o productos con utilización de disolventes
orgánicos.
|
Instalaciones
para la fabricación de carbono sinterizado
o electrografito. |
El proceso de registro de emisiones a
nivel europeo comienza prácticamente un año
antes de su publicación con la notificación
por parte de las instalaciones afectadas a los organismos
competentes de las correspondientes Comunidades Autónomas
de sus emisiones a la atmósfera y vertido al
agua de forma anual. A nivel nacional, las primeras
notificaciones se realizaron a lo largo del año
2002 con datos de emisión del 2001. Con estos,
los Estados miembros enviaron su primer informe a la
comisión en 2003, siendo estos los actualmente
publicados en Internet. La próxima campaña
de notificación a nivel nacional, con datos sobre
las emisiones en 2004, se fechó para junio de
2006 y, según los resultados obtenidos, se pretende
realizar campañas de notificación anuales.
En la tabla adjunta se refieren los tipos de contaminante
que deben ser notificados.
ATMOSFERA
|
AGUA |
| Oxido
de azufre y otros compuestos de azufre. |
Compuestos
organohalogenados y sustancias que puedan originarlos
en el agua. |
| Oxido
de nitrógeno y otros compuestos de nitrógeno. |
Hidrocarburos
persistentes y sustancias orgánicas tóxicas
persistentes y bioacumulables. |
Monóxido
de carbono.
|
Compuestos
organoestánncios. |
Compuestos
orgánicos volátiles.
|
Compuestos
organofosforados. |
Metales
y sus compuestos.
|
Cianuros. |
| Polvos. |
Metales
y sus compuestos. |
Amiantos
(partículas en suspensión, fibras).
|
Arsénico
y sus compuestos.
|
Cloro
y sus compuestos.
|
Biocidas
y productos fitosanitarios. |
Flúor
y sus compuestos.
|
Materias
en suspensión. |
| Arsénico
y sus compuestos. |
Sustancias
que provocan el incremento de DBO y DQO. |
| Sustancias
cancerígenas, mutágenas o que puedan
afectar la reproducción a través del
aire. |
Sustancias
cancerígenas, mutágenas o que puedan
afectar la reproducción a través del
medio acuatico. |
Policlorodibenzodioxina
y policlorodibenzofuranos.
|
Sustancias
que contribuyen a la eutrofización |
Cianuros.
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El proceso de notificación de
contaminantes emitidos al agua y a la atmósfera
es una obligación de aquellas instalaciones,
de titularidad pública o privada, en las que
se realice alguna de las actividades industriales incluidas
en la Ley 16/2002 y, su omisión se considera
una infracción sancionable con multa de hasta
20.000 €. Estas notificaciones se realizan a través
de formularios y procedimientos existentes en el organismo
competente de cada Comunidad Autónoma o, en su
defecto en el Servicio Ambiental de Racionalización
de la Dirección General de Medio Ambiente.
Una vez finalizada la campaña
de notificación, el organismo competente de la
administración revisa los datos recibidos para
su validación, notificándolos a la empresa.
Posteriormente, a través de EPER España
y de EPER Europa, se publican aquellos datos que superan
los umbrales de notificación. Esta información
puede consultarse en la página web www.eper-es.com.
Por último, a nivel de la UE,
la Comisión Europea y la Agencia Europea de Medio
Ambiente publicaron en Internet a principios de 2.004
el Registro Europeo de Emisiones Contaminantes, reuniendo
y ofreciendo información de más de 10.000
instalaciones industriales activas a través de
la página web
www.eper.eea.eu.int/eper.
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