EL REGISTRO ESPAÑOL QUE CONTROLA LOS DERECHOS DE EMISIÓN ALCANZA SU CUARTO MES DE FUNCIONAMIENTO
 
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La Comisión Europea ha aprobado la puesta en marcha del Registro Nacional de Asignación de Derechos de Emisión en junio de 2005 y esto ha permitido su puesta en marcha . Iberclear se ha encargado de su gestión y distintas páginas web han informado ya sobre ello, especialmente la
que ha puesto en marcha el propio registro www.renade.es. No sólo controla qué organismos tienen derechos para emitir gases contaminantes, sino que el registro vigilará que las emisiones cumplan el Protocolo de Kioto.
 


El Registro Nacional de Asignación de Derechos de Emisión (RENADE) entró en funcionamiento el 20 junio de 2005, mes en que obtuvo el visto bueno de la Comisión europea. RENADE consiste en una base de datos actualizada que controla qué empresas pueden emitir gases de efecto invernadero y las operaciones de compra y venta que se produzcan entre ellas. Se ha creado de tal manera que permite controlar el cumplimiento de los derechos de emisión estipulados en el Protocolo de Kioto.

Este acuerdo se firmó en 1997 y supone un compromiso de los países que lo suscribieron de limitar sus emisiones de CO2 y los demás gases causantes del efecto invernadero, que son: Dióxido de Carbono (CO2), Metano (CH4), Óxido Nitroso (N2O), Hidrofluorocarbonos (HFC), Perfluorocarbonos (PFC) y Hexafluoro de azufre (SF6).


En el art. 19 de la Directiva 2003/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, se exige que existan este tipo de registros en los países pertenecientes a la U.E.Como indica RENADE, "para cumplir los compromisos del Protocolo existen 3 sistemas: el comercio de derechos, los mecanismos de aplicación conjunta y los mecanismos para el desarrollo limpio. RENADE es el registro de los derechos y de las unidades y no es que permita el cumplimiento del Protocolo, sino el control del cumplimiento".

El Gobierno ha encargado la gestión de este registro a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A, más conocida comercialmente como Iberclear, que pertenence al Grupo Bolsas y Mercados Españoles (BME). El Consejo de Ministros encargó a esta sociedad la gestión de este registro el 19 de noviembre de 2004. El RENADE, adscrito al Ministerio de Medio Ambiente, indicará quién tiene derecho a emitir los gases de efecto invernadero y en qué cantidad; e informará de todas las operaciones relacionadas con el cambio que se produzca en la titularidad de esos derechos.

RENADE es el noveno de los registros de la Unión Europea de este tipo que está en activo. Actualmente "son 11 los registros que se encuentran operativos", informa RENADE. El registro español de emisiones se encuentra en este puesto gracias al correcto cumplimiento de los requisitos comunitarios. En este sentido, el Registro Nacional de Emisiones afirma que "debe poder llevar a cabo las funciones que se le encomiendan en los art. 25 a 28 de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (esta Ley transpone la Directiva 2003/87/CE). Funciones como apertura de cuentas, expedición de derechos, realización de transferecias, contabilización de entregas de derechos, informes de emisiones verificadas, enlace de el CITL, y, en definitiva, todo aquello exigido por la UE".

En RENADE se pueden registrar las organizaciones o particulares que cumplan la Ley 1/2005, que regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Asimismo, el funcionamiento de este registro de emisiones se ha basado en las decisiones adoptadas en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, en el Protocolo de Kioto, con la directiva 2003/87/CE y con el Reglamento de la Comisión relativo a un régimen normalizado y garantizado de registros nacionales.

Los derechos de emisión que controlará RENADE son los siete tipos distintos contabilizados en los textos internacionales. Como informa la página web del registro, www.renade.es, cada derecho o unidad equivale a una tonelada de CO2, calculada en función de los 6 gases que establece el Protocolo de Kioto. De esta forma, se distinguen las siguientes unidades:

  • Unidades de Derecho Europeas (UDEs)
  • Unidades de Cantidad Atribuida(UCAs)
  • Unidades de Absorción (UDAs)
  • Unidades de Reducción de Emisiones (UREs)
  • Reducciones Certificadas de emisione (RCEs)divididas en RCE temporal y RCE a largo plazo.

Las UDEs, abreviatura de Unidades de Derecho Europeas son "las cuotas convertidas de las unidades de cantidad atribuida (UCAs). Sólo las unidades de derecho europeas pueden ser utilizadas para el cumplimiento".

Las Unidades de Cantidad Atribuida, o UCAs constituyen las unidades que los Estados miembros de la Unión Europea expedirán en sus Registros nacionales y corresponden a los niveles de emisión determinados con arreglo a la Decisión 2002/358/CE y el Protocolo de Kioto.

Las Unidades de Absorción (UDAs) son las que surgen de la absorción de gases de efecto invernadero procedentes de los proyectos de sumideros domésticos.

Las Unidades de Reducción de Emisiones (UREs) se conceden "en virtud de un proyecto de Aplicación conjunta o un proyecto llevado a cabo en alguno de los países incluidos en el Anexo B del Protocolo de Kioto".

Las Reducciones Certificadas de emisiones (RCEs) "son créditos entregados en virtud de un proyecto del Mecanismo para un Desarrollo Limpio". Las RCE temporales o (RCEt) se diferencian de aquéllas en que éstas "caducan al término del período de compromiso siguiente a aquél en el que se expidió".
Por último, una RCE a largo plazo se expide "para un proyecto de forestación o reforestación que expira al término del período de acreditación del proyecto".

Los que pueden realizar operaciones en RENADE, como indica su página web, son: la Administración General del Estado, encargado de gestionar "su cuenta de haberes y asegura el cumplimiento de los compromisos respecto al Protocolo de Kioto"; el Registro Nacional, que es el que "gestiona el sistema"; el representante autorizado primario y el representante autorizado secundario que gestionan sendas cuentas de haberes.

En la página web www.renade.es, a través de la cual el público puede acceder a la información sobre RENADE, se asegura que la tecnología utilizada por este registro de emisiones, la SSL (Secure Sockets Layer), garantiza a los usuarios consultar sus cuentas y realizar transmisiones con total seguridad.


 

PREGUNTAS CONTESTADAS POR RENADE


1-¿De dónde ha surgido la idea de RENADE? ¿lo exige la U.E?


La existencia de registros nacionales en los países de la Unión Europea se establece en el art. 19 de la Directiva 2003/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003.

2-¿En qué sentido permite RENADE que se cumpla el Protocolo de Kioto?

Para cumplir los compromisos del Protocolo existen 3 sistemas: el comercio de derechos, los mecanismos de aplicación conjunta y los mecanismos para el desarrollo limpio. RENADE es el registro de los derechos y de las unidades y no es que permita el cumplimiento del Protocolo, sino el control del cumplimiento

3- ¿Cuándo aceptó la Comisión Europea la puesta en marcha de RENADE?

En Junio de 2005

4- ¿Qué requisitos cumple este registro español para que sea el noveno en
pleno funcionamiento de los registros de este tipo de la U.E?

El registro debe poder llevar a cabo las funciones que se le encomiendan en los art. 25 a 28 de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (esta Ley transpone la Directiva 2003/87/CE). Funciones como apertura de cuentas, expedición de derechos, realización de transferecias, contabilización de entregas de derechos, informes de emisiones verificadas, enlace de el CITL, y, en definitiva, todo aquello exigido por la UE.
Así mismo, le comunicamos que, a día de hoy, son 11 los registros que se encuentran operativos.

   
 

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