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Revista julio
 Leyes animales por comunidad
Edición julio 2007


Un capítulo aparte es el de los festejos populares, y el de la denominada Fiesta Nacional. Viendo que espectáculos en los que el centro de los mismos es el maltrato animal, se entiende la trivialización de estos actos y su extensión a otros ámbitos Se trata de espectáculos vergonzosos y crueles admitidos, autorizados y subvencionados por la administración, que incluso llegan a considerarse “arte”.

Fiestas populares

Cada año, 60.000 animales son maltratados (y la mayoría después sacrificados) en España durante las fiestas populares. La mayoría son toros, pero también caballos, gallos o cabras, son objeto de estas “diversiones”.

Entre los más populares se encuentra: el toro de la Vega , donde éste es perseguido por lanceros a caballo que tienen que matarlo; el toro júbilo , donde es atado por los cuernos para inmovilizarlo y encajarle así en la cabeza unos artilugios metálicos con grandes bolas de material inflamable que se hace arder, sufriendo el animal dolorosas quemaduras y un gran estrés; los ‘toros de fuego' también son muy populares en Valencia, donde más de 140 municipios los incluyen en sus festejos, sacrificando en ellos unos 1.200 ejemplares cada año; los toros enmaromados o ensogados , donde se les atan los cuernos y son arrastrados por las calles, produciéndoles las sogas grandes traumatismos en la cepa del cuerno y profundos desgarros en los músculos del cuello; el toro de Coria , al que se le lanzan soplillos (gruesos alfileres) que se clavan en su piel, y al final se le dispara un tiro.

Desde el ayuntamiento de Coria, en Cáceres, denuncian que "A este respecto hay que tener mucho cuidado con el lenguaje que se utiliza a la hora de describir la fiesta. Muchas veces se habla de dardos o proyectiles, cuando se refieren a los soplillos que se lanzan al toro en la plaza. Esta tergiversación del lenguaje sobredimensiona el efecto de tales soplillos sobre la piel del animal. (Diccionario R.A.E, soplillo: cosa sumamente delicada o muy leve.)".

Además, añaden "La defensa de nuestras fiestas se basa en una serie de principios morales, como es el respeto a nuestra historia, identidad y tradición, y racionales, como es el oponernos a cualquier tipo de ensañamiento y maltrato al toro. Puede que haya situaciones que no se puedan controlar en el desarrollo de las fiestas, pero que si incurren en el maltrato al animal, garantizamos que son reprochadas por la totalidad de nuestros ciudadanos y ciudadanas. "

Por otra parte, "Los espectáculos con animales deberían estar prohibidos, ya que la tradición no es un argumento válido para justificar su sufrimiento", denuncian desde la Asociación Nacional Amigos de los Animales.

Se suman a esta larga lista corridas de toros legales e ilegales, la vaquilla del aguardiente, becerradas, peleas de carneros, el salto de la cabra, cuelga, entierro y peleas de gallos, suelta de vaquillas, patos al agua...

Peleas de gallo

Las peleas de gallos terminan cuando los animales mueren. En ocasiones los dueños de los animales les administran esteroides y anfetaminas,pues suelen en juego, cantidades elevadas de dinero. No sólo es un acto cruel hacia los animales, los niños también salen perjudicados. Muchos acuden a estos ``espectáculos´´ para inciarse, lo que provoca una actitud agresiva con los animales y en ocasiones, con las personas también.

Tres arrestrados por organizar riñas de gallos. Tres personas han sido arrestradas en Lérida por organizar peleas de gallos en las que apostaban dinero, algo que es ilegal. Estas tres personas han sido acusadas de maltrato grave a los animales domésticos.

Granjas peleteras

No terminan aquí las vidas de encierro de animales silvestres. La industria peletera ha creado granjas de animales apreciados por su piel y quiere hacer ver que la vida de estos animales es similar a la de los de abasto, criados para la alimentación humana.

Pero hay un detalle que hace que esto no sea equiparable, y es el proceso de domesticación. La cría en granjas de animales silvestres como son los visones o los zorros, se realiza como si estos fuesen animales domésticos. Como se ha señalado, los animales domésticos lo son debido a un proceso de domesticación que duró miles de años. Dado que las granjas europeas más antiguas de visón datan de 1920, estos animales han estado en cautividad menos de 75 años y no se les puede considerar en ningún caso animales domésticos. Son animales silvestres encerrados en diminutas jaulas.

Estos animales sucumben a rápidos contagios de enfermedades y desarrollan conductas con estereotipos obsesivo-compulsivos (girar sobre sí mismos, automutilación y canibalismo); todo ello inducido por el aburrimiento, la frustración y la privación de un entorno biológicamente adecuado.

En general el sacrificio suele hacerse a una temprana edad y por métodos también crueles como la electrocución, el gas o la simple rotura de cuello, para no dañar la apreciada piel.

Cualquier compra de piel asegura que un animal está sufriendo y muriendo para cubrir la demanda.

“Cuando veamos una iguana en un terrario, un guacamayo en una jaula, o un león saltando por un aro, debemos plantearnos si realmente debemos seguir sometiendo a los animales a esas vidas estériles y vacías sin necesidad. El ocio, la diversión o un lujo prescindible no pueden ser la justificación para ello.

Disfrutemos con la belleza, la fuerza y el valor de estos animales en su medio natural y luchemos para que sus hábitats y poblaciones se conserven y mantengan, porque son una riqueza que no podemos permitir que se pierda”, aconsejan desde ANAA.

Animales de producción o de abasto

Otros maltratos de animales menos conocidos pero también existentes y escalofriantes son los sufridos por los animales de producción o de abasto. La legislación no se cumple en repetidas ocasiones en lo referido a transporte, mantenimiento de los animales hasta el sacrificio y las condiciones en las que éste se produce.

La mutilación de picos de gallinas para que su afán de picotear el suelo (aliviado en los cuerpos de sus compañeras hacinadas) no provoque que éstas se queden sin plumas; el descuartizamiento de animales aún vivos porque la descarga eléctrica destinada a sacrificarlos se ha aplicado en otras partes del cuerpo que no es la cabeza y el animal no ha muerto sino que sigue vivo; la vida permanentemente encerrada de ganado vacuno, caprino y ovino con aparatos eternamente conectados a sus ubres o alimentadas con productos que provocan su crecimiento exagerado son algunos de los ejemplos de qué vida llevan los animales que al final llegan al consumidor español.

Legislación

A pesar de que algunas administraciones están poniendo en marcha diferentes medidas para prevenir el abandono y promover la adopción, las asociaciones consideran que queda mucho camino por recorrer para poner a España en línea con el resto de los países de nuestro entorno europeo como Alemania o los Países Bajos.

Actualmente, desde distintas asociaciones estamos solicitando que se marquen unos mínimos para evitar la desigualdad de sanciones con las que se castigan el abandono y maltrato animal según la comunidad autónoma en la que se produce la infracción. Las legislaciones autonómicas de protección animal son obsoletas o incompletas y dan lugar a graves diferencias. Por ejemplo, quien comete una falta muy grave en Madrid puede ser inhabilitado para la tenencia de animales durante 10 años, mientras que en Galicia solamente se le impondría una multa y, pasado un tiempo, el maltratador podría volver a tener un animal.

Esta disparidad en la legislación se traduce en situaciones paradójicas y en una inoperancia de los mecanismos locales y autonómicos, que no dan respuesta al actual nivel de sensibilización social respecto al bienestar animal. Por ello, se reclama desde hace años una ley nacional básica de mínimos que contemple entre otras la inhabilitación permanente para la tenencia de animales de las personas sancionadas por maltrato o abandono; importes mínimos para las sanciones, y que se establezcan los mecanismos de vigilancia y control que garanticen el cumplimiento de la ley.

Paralelamente, también hace tiempo que se reclama una modificación del Código Penal que clarifique la ambigua redacción actual del Art. 337, referente al maltrato animal, y una imposición de penas de cárcel acordes con la gravedad del caso.

El pasado 26 de enero, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley que recoge la futura Ley de Bienestar Animal , donde se aplican normas que regulan “la prohibición de las actividades consideradas más graves, tales como el maltrato, el abandono o la utilización de animales en peleas”, con lo que se trata de extender así su aplicación a los animales de compañía, inicialmente no incluidos. A su vez se tipifican las distintas clases de infracciones, y se establecen sanciones que podrían consistir en multas que van desde los 600 hasta los 100.000 euros. Después de tramitarse en el Congreso de los Diputados, está previsto que sea aprobada antes de que concluya este periodo de sesiones.

Esto podría suponer un pequeño avance de la tan esperada Ley de Protección Animal pero no sería sustitutiva de la misma.

Mientras tanto, aunque se consideren insuficientes y en la mayoría de los casos obsoletas, es necesario más rigor en la aplicación de las 17 leyes autonómicas ya vigentes y en las penas impuestas por el actual Código Penal.


Consulta la legislación de animales por Comunidad

Recogida de firmas on line
http://firmas.amnistianimalmadrid.org/ley/

Hoja de recogida de firmas
http://es.geocities.com/losanimalestienenlapalabra/HOJA-FIRMAS-LEY-NACIONAL.pdf

Para más datos de esta campaña escribid a AMNISTIANIMAL@terra.es


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ANAA
Diego Delgado Valor

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