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Edición 2004 - La Primera revista on-line de medio ambiente
Mercado de emisiones de gases de efecto invernadero
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Desde el comienzo de la revolución industrial las emisiones contaminantes a la atmósfera, sobre todo de CO2, no han cesado de incrementarse año tras año, principalmente a partir de la Segunda Guerra Mundial, cuando comienzan a producirse grandes cambios en las necesidades y modos de vida de los habitantes de los países industrializados. A finales del siglo XIX, la cantidad de carbono en la atmósfera se estima en unos 580.000 millones de toneladas, cifra que ha ascendido hasta más de 750.000 millones en nuestros días, la cual es la mayor en los últimos 200.000 años y sigue aumentando a un ritmo de 6.000 millones de Tm/año.

La consecuencia principal de estas emisiones de CO2 es el calentamiento global del planeta derivado del conocido “efecto invernadero”. Según la O.N.U., desde el año 1.900, la temperatura media del Planeta se ha elevado entre 0,3 y 0,6 oC, pudiendo alcanzar a finales del siglo XXI un incremento de 5,8 grados si la tendencia contaminante no se detiene o ralentiza.

Para contrarrestar esta situación, se crea en 1.997 el Protocolo de Kioto, según el cual, en el año 2.012, las naciones desarrolladas deberán haber reducido sus emisiones de gases de efecto invernadero en un 5,2 % con respecto a las registradas en 1.990 y, es que según un estudio de la compañía British Petroleum realizado en el año 2.000, la tasa anual de emisión de CO2 por habitante en Estados Unidos era de más de 22 Tm, mientras en la Unión Europea era de 9,5 Tm, en España 8,3 Tm y en Bangladesh era de 500 Kg.

Según este Protocolo y, en el caso de la Unión Europea, la reducción de emisiones se estableció, de forma global, en un 8 % respecto de los niveles de 1.990, permitiendo a España aumentar su cuota en un 15 % ya que su grado de industrialización era inferior al de las naciones más desarrolladas, aunque en la actualidad supera el 35%, alcanzando casi los 400 millones de toneladas de CO2 vertidas.

CUOTAS DE EMISION ACORDADAS POR EL "BURDEN SHARING AGREEMENT" EN BASE ALPROTOCOLO DE KIOTO SEGÚN EMISIONES DE 1.990
País Variación cuota de emisión Previsión de
cumplimiento
Incremento %   Reducción
Portugal 27     No
Grecia 25     Si
España 15     No
Irlanda 13     No
Suecia 4     Si
Francia   0   Si
Finlandia   0   Si
Holanda     6 No
Italia     6,5 No
Bélgica     7,5 No
Reino Unido     12,5 Si
Austria     13 No
Dinamarca     21 No
Alemania     21 Si
El protocolo entrará en vigor en los países que lo han firmado dentro de pocos meses ya que, contando con Rusia tras su reciente anuncio de intención de sumarse a este grupo y, a pesar de la negativa del principal emisor de los gases contaminantes, Estados Unidos, ya ha sido ratificado por 125 países cuyas emisiones superan el 55 % del total, condición mínima para poder ser aprobado.

Como una herramienta para alcanzar estos objetivos, el Protocolo contempla la implantación de “mercados de CO2“ basados en la compra/venta de derechos o créditos de emisión entre países industrializados y pobres, así como otros procedimientos alternativos consistentes en neutralizar parte de las emisiones a través de inversiones que supongan un ahorro de CO2 en otros países. Estos procedimientos son la implementación conjunta, a través de la cual, los países industrializados pueden comprar reducciones de emisiones derivadas de proyectos en otros paises industrializados y los mecanismos de desarrollo limpio, mediante los cuales, los países industrializados pueden comprar reducciones de emisiones derivadas de proyectos de los países en desarrollo.

Estas últimas posibilidades conllevan dos aspectos convenientes para ambas partes, aunque en realidad no se llega a atajar el problema de raíz; mientras que los países industrializados no se enfrentan directamente a la reforma de sus estructuras energéticas dependientes de combustibles fósiles, los países en vías de desarrollo reciben inversiones para proyectos de reforestación y de generación eléctrica con energías consideradas “limpias”.

En cualquier caso, la Unión Europea ha ratificado el Protocolo de Kioto y, en consecuencia fomenta estrategias para garantizar el desarrollo sostenible y minimizar el cambio climático mediante el fomento de las energías renovables, la eficiencia energética y la responsabilidad medioambiental. En este sentido, la Unión Europea aprobó una directiva que establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases con efecto invernadero.

La aplicación de esta directiva se basa en asignar a cada Estado miembro una cuota de emisiones anual y, cada Estado la distribuye entre las empresas de los distintos sectores de actividad afectados en función de sus emisiones históricas. En una primera fase de aplicación (2.005-2.007) y, siguiendo los criterios del Protocolo de Kioto, esta directiva sólo afectará al sector cementero, siderúrgico, energético, vidriero, cerámico, papelero y de refino de petróleo. A partir de 2.008, se ampliará a los otros cinco gases de efecto invernadero (GEI) previstos por el Protocolo y a otros sectores como el químico.

Bajo estos principios de actuación, un país y en consecuencia una empresa, que logre reducir sus emisiones por debajo de sus cuotas asignadas podrá vender el resto de las mismas a otros países o empresas que generen más contaminación de la permitida, o sea, que quién logre no contaminar conseguirá cobrar y quién continúe contaminando deberá pagar. Por otro lado, la directiva contempla que las empresas que superen las cuotas asignadas podrán ser multadas con sanciones de 40 €/Tm de CO2 durante la primera fase y de 100 euros durante la segunda.

Según la directiva, antes del 31 de marzo de 2.004, cada país asignará las cuotas de emisión de los diferentes sectores y empresas y, en la segunda fase de aplicación, a partir de 2.008, los Estados miembros deberán acordar una nueva distribución de las cuotas, ciñéndose siempre a los objetivos contemplados por el Protocolo de Kioto. En España es a través del recién aprobado “Plan Nacional de Asignación de Derechos” como se distribuyen las cuotas de emisión.

Una vez que este mercado entre en vigor, cualquier empresa incluida en la directiva europea podrá ofrecer a las demás los derechos sobrantes, y las que los necesiten los adquirirán. En principio, se estima que el precio de la tonelada de CO2 oscilaría entre 5 y 25 euros, aunque será el mercado real quién lo determine. En cualquier caso, las “transacciones” realizadas constarán en un registro nacional existente en cada país.

PREVISION DE PRECIOS DE EMISION DE GASES DE EFECTO INVERNADERO (dólar-Tm equivalente de CO2)
REGION
 2005 2010
Europa  5,85  10,89
Norteamérica 4,22  9,31 
Asia  7,8  16,6
Fuente: Encuesta Natsource.
Según diversos estudios realizados, la práctica totalidad de los países industrializados deberá comprar cupos de emisión a partir de 2.005. Por ejemplo, Japón sobrepasará sus límites en 177 millones de toneladas de CO2, Italia en 92,7 millones, Holanda 67 millones, Canadá 50 millones, Austria 25 millones, Noruega 13 millones, Suiza 5 millones, etc. y, España, unos 125 millones.

Por este motivo, la mayoría de estos países ya han comenzado de algún modo u otro a proveer fondos económicos de cara al nuevo mercado del CO2. Es el caso de Japón que, a través del “Japanese Bank for Internacional Cooperation”, está creando un fondo de 100 millones de dólares, o en Italia, donde el “Italian Carbón Fund” dispondrá de 80 millones de dólares, dirigidos en ambos casos a “mecanismos de desarrollo limpio”. Existen además otros fondos como el “Prototype Carbon Fund”, dependiente del Banco Mundial, la Corporación Andina de Fomento (CAF), etc.

Por otro lado, ya existen actualmente mercados que permiten a las empresas intercambiar derechos de emisión de CO2 como es el caso del mercado londinense, con más de un año de funcionamiento y en el que se encuentran suscritas, de forma voluntaria, más de 50 grandes empresas (Shell, BP, Ineas Fluor, etc.). En E.E.U.U, recientemente entró en funcionamiento el “Chicago Climate Exchange (CCX)” donde se encuentran registradas unas 20 empresas estadounidenses (Bayer, Stora Enso, Motorola, etc.). En cualquier caso, estos mercados están comenzando a funcionar y el número de transacciones son pocas y a un precio reducido en comparación con lo que los analistas esperan que se gestione a partir del 2.005.

También existen sectores contrarios a este tipo de mercados que mantienen que estas transacciones no son más que un impuesto añadido a tener en cuenta en los balances económicos de las empresas para poder continuar contaminando con total tranquilidad, en vez de afrontar políticas de reformas a base de inversiones encaminadas a reducir realmente las emisiones contaminantes.

En cualquier caso, queda muy poco tiempo para el comienzo de este mercado en el ámbito de la Unión Europea, prólogo a su aplicación a nivel mundial una vez que el protocolo de Kioto se apruebe definitivamente y más de 100 países se integren en esta política de protección medioambiental. Únicamente restará que el gran contaminante, Estados Unidos, ratifique también el protocolo y obligue a sus empresas a controlar sus emisiones contaminantes.

Redacción Ambientum

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