| La legionelosis
es una enfermedad causada por la bacteria Legionella pneumophilla y otras
del mismo género que se presenta fundamentalmente como una neumonía
denominada Enfermedad del Legionario o como un cuadro de tipo gripal y
carácter leve llamada Fiebre de Pontiac. Afecta principalmente
a ancianos, fumadores, afectados por bronquitis crónica, insuficiencia
renal, cáncer o diabetes, personas transplantadas, inmunodeprimidos,
o aquellos que toman corticoides, llegando a ser mortal en un 15% de los
casos o incluso superior en el caso de una neumonía bacteriana.
La legionella
pneumophila se encuentra de forma natural en concentraciones inferiores
a 100 bacterias/litro en ambientes acuáticos calurosos (30-45 °C),
como ríos, arroyos, lagos, charcos, acuíferos subterráneos,
etc. En estas condiciones no representa ningún riesgo para el hombre,
pero puede reproducirse hasta concentraciones peligrosas para los seres
humanos cuando estas bacterias colonizan algún elemento de la red
de distribución de agua potable o algún sistema de refrigeración
como humidificadores, torres de refrigeración, suministros de agua
potable, etc. donde se dan condiciones óptimas de humedad, temperatura
(especialmente en verano) y nutrientes sino existen condiciones óptimas
de limpieza.
| FACTORES
QUE FAVORECEN LA APARICIÓN DE LEGIONELA |
| Temperatura
del agua entre 20 y 45ºC |
| pH
entre 5 y 8,5 |
| Concentración
de oxígeno entre 0,2 y 15 mg/L |
| Materiales
inadecuados |
| Biopelículas |
| Presencia
de otros mircroorganismos (protozoos...) |
| Suciedad |
| Presencia
de materia orgánica |
| Incrustaciones
y corrosión |
| Estancamiento
del agua |
La legionelosis se transmite únicamente por vía respiratoria
al inhalar un aerosol (pequeñas gotas de agua) contaminado, el
cual se emite desde instalaciones de refrigeración tales como torres
de refrigeración, condensadores evaporativos, humectadores y aparatos
de enfriamiento vaporativo. Por este motivo se instalan las torres de
refrigeración en zonas alejadas del tránsito frecuente de
personas, evitando así que las gotas de agua que pudiesen transportar
bacterias sean inhaladas, asegurado al mismo tiempo su destrucción
al evaporarse, depositarse sobre cualquier superficie o dispersarse por
el viento.
En los últimos años y, en fechas veraniegas, es relativamente
frecuente la noticia de la aparición de diversos casos de legionelosis
en diferentes ciudades, coincidentes con alguna de las hipótesis
planteadas anteriormente, por lo cual, se aprobó el Real Decreto
865/2.003, de 4 de julio, con objeto de prevenir y controlar la legionelosis
mediante la adopción de medidas higiénico-sanitarias en
aquellas instalaciones en las que esta bacteria es capaz de proliferar
y diseminarse. Actualmente, este R.D. se encuentra complementado por otras
directivas aprobadas por las respectivas Comunidades Autonómicas.
Las instalaciones a las que se refiere el Real Decreto son aquellas “que
utilicen agua en su funcionamiento, produzcan aerosoles y se encuentren
ubicadas en el interior o exterior de edificios de uso colectivo, instalaciones
industriales o medios de transporte que puedan ser susceptibles de convertirse
en focos para la propagación de la enfermedad, durante su funcionamiento,
pruebas de servicio o mantenimiento”.
Este Real Decreto establece los controles y registros necesarios para
el mantenimiento de las instalaciones y fomenta una serie de medidas de
prevención específicas para cada tipo de instalación
basadas en dos principios fundamentales; eliminación o reducción
de zonas sucias mediante un buen diseño y un mantenimiento adecuado
y, por otro lado, evitando las condiciones que favorecen la proliferación
de Legionella mediante el control de la temperatura del agua y la desinfección
continua de la misma.
| INSTALACIONES
DE RIESGOS SEGÚN R.D. 865/2003 |
| Instalaciones
con mayor probabilidad de proliferación y dispersión
de Legionella |
| Torres
de refrigeración y condensadores evaporativos |
| Sistemas
de agua caliente sanitaria con acumulador y circuito de retorno |
| Sistemas
de agua climatizada con agitación constante y recirculación
a través de chorros de alta velocidad o la inyección
de aire (spas, jacuzzis, piscinas, vasos o bañeras terapéuticas,
bañeras de hidromasaje, tratamientos con chorros a presión,
otras) |
| Centrales
humidificadoras industriales |
| Instalaciones
con menor probabilidad de proliferación y dispersión
de Legionella |
| Sistemas
de instalación interior de agua fría de consumo humano
(tuberías, depósitos, aljibes), cisternas o depósitos
móviles y agua caliente sanitaria sin circuito de retorno |
| Equipos
de enfriamiento evaporativo que pulvericen agua, no incluidos en
el apartado anterior |
| Humectadores |
| Fuentes
ornamentales |
| Sistemas
de riego por aspersión en el medio urbano |
| Sistemas
de agua contra incendios |
| Elementos
de refrigeración por aerosolación, al aire libre |
| Otros
aparatos que acumulen agua y puedan producir aerosoloes |
El tratamiento de
las instalaciones queda contemplado en el R.D. 86/2003 permitiendo el
empleo de cualquier desinfectante que para tal fin autorice la Dirección
General de Salud Pública y aquellos sistemas físicos y físico-químicos
de probada eficacia frente a Legionella que no supongan riesgos para la
instalación ni para la salud y seguridad de los operarios ni otras
personas que puedan estar expuestas. En cualquier caso deberá comprobarse
su eficacia periódicamente y todos los productos empleados en los
tratamientos, tales como desinfectantes, desincrustantes, desoxidantes,
dispersantes y otras sustancias químicas deberán cumplir
con toda la legislación vigente.
En el caso concreto del mantenimiento de torres de refrigeración
y condensadores evaporativos, el Real Decreto detalla los aspectos mínimos
que debe recoger la revisión, limpieza y desinfección de
este tipo de instalaciones, destacando en el primer caso la revisión
anual del separador de gotas, cada seis meses el condensador y el relleno
y mensualmente la bandeja, además del estado de conservación
y limpieza general, con el fin de detectar la presencia de sedimentos,
incrustaciones, productos de la corrosión, lodos y cualquier otra
circunstancia que altere o pueda alterar el buen funcionamiento de la
instalación.
Por otro lado se revisará también la calidad físico-química
y microbiológica del agua del sistema del siguiente modo; diariamente
nivel de cloro,mensualmente, temperatura, pH, conductividad, turbidez,
hierro total, recuento total de aerobios en el agua de la balsa y, de
acuerdo al nivel de peligrosidad de la instalación y, como mínimo
trimestralmente, se determinará la concentración de la bacteria
Legionella.
La limpieza y desinfección se consideran siempre como dos operaciones
cuya efectividad depende de su aplicación conjunta, realizándose
al menos, dos veces al año, preferiblemente al comienzo de la primavera
y el otoño y cuando se ponga en marcha la instalación por
primera vez, tras una parada superior a un mes, tras una reparación
o modificación estructural, cuando una revisión general
así lo aconseje y cuando lo determine la autoridad sanitaria. Estos
procesos se basan en un procedimiento estipulado de aplicación
de desinfectantes, biodispersantes, anticorrosivos, desincrustantes, etc.
seguido de aplicaciones de agua y del mantenimiento mecánico del
equipo.
En caso de aparición de un brote de legionelosis, el Real Decreto
estipula las pautas de actuación sobre la instalación; desinfección,
limpieza, decloración, mantenimiento mecánico exhaustivo
del equipo y continuación con las operaciones habituales.
A pesar de todo ello, todavía continúan apareciendo brotes
de Legionelosis, como es el caso actual mientras se escribe este artículo,
en el que 20 personas se han visto afectadas en un hospital de Zaragoza,
de las cuales 5 ya han fallecido.
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