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  Edición junio 2002 - Publicación mensual del portal ambientum.com Versión para imprimir   Versión para imprimir
  Vertederos. Real Decreto 1.481/2001. Consideraciones generales

El Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, ha desarrollado el Real Decreto por el que se regulará la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. Este tiene carácter básico por dictarse en uso de los títulos competenciales del Estado referentes a legislación básica sobre protección del medio ambiente, recogido en el artículo 149.1.23ª de la Constitución, y sobre bases y coordinación general de la planificación económica, recogido en el artículo 149.1.13ª, lo cual implica que será de aplicación en todo el territorio nacional.

Este Real Decreto, el 1.481/2001, aprobado el pasado 27 de diciembre, merece un exhaustivo análisis jurídico, técnico y administrativo, pero a continuación, únicamente se mencionan los nuevos aspectos más significativos referentes a la gestión de los vertederos.

Esta nueva ley responde a las actuales tendencias en el tratamiento y eliminación de residuos, tanto en métodos de diseño, gestión, clausura y mantenimiento post-clausura de vertederos.

La tendencia actual es la máxima valorización del residuo antes de su vertido, ya sea mediante técnicas de reciclado, compostaje o incineración. Posteriormente, la propia operación de vertido deberá seguir unas pautas de preparación de los vasos, admisión de residuos, sellados, clausura y mantenimiento posterior que quedan estipuladas por el Real Decreto.

La eliminación de los residuos urbanos precisan de un mayor control

Todavía existen en España vertederos de residuos que carecen de los controles pertinentes sobre los residuos

depositados en los mismos, así como los efectos secundarios que estos puedan ejercer sobre las aguas superficiales, subterráneas y la atmósfera, o lo que es lo mismo, sobre la salud humana. La cuestión es corregir este tipo de situaciones y evitar su proliferación.

El objeto del presente Real Decreto es el de establecer un marco jurídico y técnico adecuado para las actividades de eliminación de residuos mediante depósito en vertederos, al tiempo que regula las características de éstos y su correcta gestión y explotación, todo ello teniendo en cuenta el principio de jerarquía en la gestión de residuos recogido en el artículo 1.1. de la Ley 10/1998, de Residuos, y con la finalidad de proteger la salud de las personas y el medio ambiente.

Por otro lado, este Real Decreto engloba a la Directiva 1999/31/CE, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos, desarrolla la Ley 10/98, de 28 de abril, de Residuos, y se complementa el Real Decreto 2414/1961 sobre Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

  Suelo y Residuos
  Páginas 1, 2 y 3   
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