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siguientes:
Recuperación y valorización del 100 por ciento de los NFU enteros
generado antes de 2003. valorización del 100 por ciento de los NFU
troceados generados antes de 2007, incluidos los almacenados en los
vertederos o depósitos existentes.
Prohibición de la eliminación: vertido o incineración sin recuperación
energética, de los NFU enteros a partir del 1 de enero de 2003.
Prohibición de la eliminación: vertido o incineración sin recuperación
energética, de los NFU troceados a partir del 1 de enero de 2006
Mejorar la calidad de los neumáticos para que la rodadura se mantenga
el mayor tiempo posible con las condiciones necesarias para la seguridad
vial y al mismo tiempo conseguir la reducción de los residuos, entre
el 2001 y el 2006
Reciclado de al menos un 20 por ciento en peso de los NFU de vehículos
generados, antes del 1 de enero de 2007.
Valorización, diferente al recauchutado, del 65 por ciento en peso
de los NFU |
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Neumáticos
fuera de uso
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procedentes
de vehículos de turismo generados, antes del 1 de enero de 2005.
Reciclado del 25 por ciento en peso de los NFU procedentes de vehículos
de turismo, antes del 1 de enero de 2007. Este porcentaje se revisará
igual que lo citado en el párrafo anterior.
Creación de un sistema estadístico de generación de datos sobre NFU
y su gestión, para su integración en el futuro inventario Nacional
de Residuos. |
En
todos los apartados anteriores se exceptúan los neumáticos de bicicleta
y los de diámetro superior a los 140 cm. utilizados en maquinaria
especial y pesada para obra pública.
Además, entre otras medidas, el Plan establece que las Comunidades
Autónomas designarán los vertederos autorizados en su territorio
para recibir los NFU durante el periodo comprendido entre la aprobación
de este Plan y el 1 de enero de 2003. Se deberá mantener los NFU
en un estado que permita su valorización y aprovechamiento.
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Troceado
de NFU
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