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En las calles de nuestra ciudad nos encontramos, en múltiples ocasiones,
con vehículos que han sido abandonados, tanto por sus dueños cuando
a estos ya no le son de utilidad, como los que han sido robados.
Se caracterizan por estar cubiertos de una capa de suciedad provocada
por el desuso, atrayendo después actitudes vandálicas que se ceban
en el vehículo; pinchazos, cristales rotos, golpes, etc, quedando
en la vía pública un perfecto pedazo de chatarra.
El abandono de vehículos es un gran síntoma de incivismo con los
demás ciudadanos; por un lado es una fuente de suciedad y contaminación,
tanto física como visual y, por otro, está restando una plaza de
aparcamiento a los demás coches, lo cual, en determinadas poblaciones
es un auténtico problema.
Este
problema, en el caso de abandono, no existiría si el propietario
tramitase la correspondiente baja en su Jefatura Provincial de Tráfico
y lo trasladase a un desguace.
Según lo dispuesto en el artículo 3 a) de la Ley de Residuos de
10/1998, de 21 de abril, los vehículos abandonados en la vía
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Tráfico
ciudadano.
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pública
son considerados como residuos sólidos urbanos y, como tales, son
los entes locales quienes deben encontrar soluciones para su correcta
recogida, tratamiento y eliminación. La ley, aplicando el precepto
de quién contamina paga, establece multas entre 100.000 y 500.000
pesetas por abandonar residuos como la batería, el líquido, el aceite
y demás fluidos que en un coche en estado de abandono son altamente
contaminantes.
Por este motivo, son varios los ayuntamientos que ya han tomado
cartas
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en
el asunto, poniendo en marcha diversos planes de actuación con el
fin de evitar la acumulación de estos coches, ya sean robados o
abandonados.
El primer paso es crear el marco legal de actuación, con el objetivo
de prevenir futuras actuaciones legales de los dueños contra los
propios ayuntamientos. Esto se consigue mediante la aprobación de
ordenanzas municipales que definan a la perfección los pasos a seguir
para la retirada y eliminación de estos residuos. Estos se agrupan
en cuatro partes; identificación del vehículo, notificación al dueño
de su retirada en un plazo de tiempo, métodos de retirada y depósito
y, por último, sistemas de eliminación.
Cada ayuntamiento que se determina a actuar en este campo sigue
sus propias pautas de actuación, pero básicamente son las siguientes:
La identificación del vehículo proviene de dos cauces; aviso de los
propios ciudadanos, a través de teléfonos de información ciudadana,
010, de servicios de limpieza, etc. o por informes de la policía local
u otros cuerpos de seguridad. |