Seguimiento de la Ley de envases

En la sociedad actual, las necesidades de una mejor comercialización de productos ha modificado las técnicas del envasado. Productos de "una ración", frescos sin conservantes, "packs", etc. Las necesidades obligan a comercializar los productos en envases específicos y destinados a desecho una vez utilizados.

Las funciones que desempeña un envase son proteger el producto durante el transporte y almacenamiento, ayudando a su conservación, favorecer la distribución y comercialización del producto ayudar a mejorar sus condiciones sanitarias, higiénicas y organolépticas, así como soporte de datos e información imprescindibles para el consumidor: características del producto y de su uso.



La Directiva Comunitaria 94/62/CE establecido el marco de actuación en el que se han de mover los Estados miembros en lo que respecta a la política
sobre los envases y los residuos de envases que se generan en sus respectivos territorios. En España, la Ley de envases y residuos de envases, 11/97 de 24 de Abril, responde ante el impacto medioambiental ocasionado por el gran volumen de envases, y el posterior residuo generado, y tiene como objeto prevenir y reducir el impacto sobre el medio ambiente de los envases, además de propiciar la gestión de estos

elementos en todo su ciclo de vida.


En primer lugar, es preciso resaltar que la Ley de Envases y Residuos de Envases tiene como principal prioridad conseguir la aplicación de políticas preventivas que permitan reducir la cantidad y la toxicidad de los residuos de envases, atendiendo al principio de que la reducción es el mejor método posible de gestión de los residuos. Por ello, la Ley establece que la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, dentro de sus respectivos ámbitos de competencias, adoptarán las medidas oportunas para minimizar y prevenir en origen la
producción de residuos de envases.


Como materialización efectiva del principio de prevención, la Ley establece el compromiso de reducir, antes del día 30 de junio del año 2001, un 10 por ciento, en peso, de la totalidad de los residuos de envases generados. Por otro lado, en el plazo de cinco años deberá valorizarse entre el 50 y el 65 por cien, en peso, de la totalidad de los residuos de

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