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El
Protocolo de Kioto adoptado en la tercera Conferencia de las Partes en
diciembre de 1997 como desarrollo del Convenio Marco tardará todavía bastantes
años en entrar en vigor. Como consecuencia de su adopción, la Unión Europea
(UE) ha dado nuevos pasos en su estrategia de acción a nivel doméstico,
así como en sus posiciones de cara a la negociación internacional para
incrementar la protección ambiental acerca de la contaminación atmosférica.
En
este acuerdo se reparte la obligación de reducción para la Comunidad según
el Protocolo, del 8% de las emisiones del año base durante el período
2008-2010, en compromisos nacionales para cada uno de los 15 Estados miembros,
en aplicación del artículo 4 del Protocolo. El resultado del acuerdo se
recoge en el siguiente cuadro:
Como
medidas comunes se ha instado a la Comisión a promover las siguientes:
-
Reducción de las emisiones de CO2, en vehículos, con iniciativas como
el etiquetado energético de los vehículos, los incentivos fiscales a
la eficiencia y la limitación de velocidad de vehículos pesados.
-
Avance en la consideración internacional de la imposición al combustible
de aeronaves.
-
Reducción o supresión de subvenciones a los combustibles fósiles.
-
Diferenciación de niveles impositivos en productos, incentivando el
ahorro y la eficiencia energética.
-
Plan de acción sobre la eficiencia energética de aparatos y equipos
electrodomésticos, mediante normativa de eficiencia, certificación,
etiquetado y acuerdos ambientales a nivel comunitario.
-
Programa europeo para nuevas tecnologías
-
Avance en el plan de acción para prevenir y reducir las emisiones de
metano.
-
Estudio de soluciones para las emisiones de N2O, en particular las provenientes
de catalizadores en vehículos.
-
Contribución de las actividades de investigación y desarrollo tecnológico
del Quinto Programa Marco I+D a los objetivos de la estrategia sobre
cambio climático, en particular sobre energías renovables.
En
cuanto a la acción coordinada de los Estados miembros, el Consejo acuerda
emprender las siguientes acciones:
-
Tomar medidas para que la liberalización de los mercados energéticos
fomente también objetivos ambientale.
- Desarrollar
estrategias nacionales para un incremento sustancial del uso de fuentes
renovables de energía.
- Fomentar
el mercado de la cogeneración energética.
- Fomento
de la vía de los acuerdos ambientales con los sectores de actividad.
- Políticas
de transporte que influyan en la demanda teniendo en cuenta imperativos
ambientales.
- Revisar
las normas nacionales sobre la eficiencia energética en los edificios.
La
seriedad del compromiso que asume España en el Protocolo de Kioto ha hecho
necesario el establecimiento de un proceso sistemático y riguroso para
la definición de una verdadera estrategia española frente al cambio climático.
Este proceso se ha puesto en marcha con la creación del Consejo Nacional
del Clima por Real Decreto 177/1998 de 16 de febrero. Entre sus funciones
destacan:
-
Elaborar la "Estrategia española frente al cambio climático" y realiza
el seguimiento de los planes y programas incluidos en ella.
-
Proponer al Gobierno las actuaciones necesarias para el cumplimiento
de los compromisos adquiridos por convenios y protocolos internacionales.
-
Asesorar técnica y científicamente al Gobierno y a las delegaciones
en los organismos internacionales.
-
Coordinar la elaboración de informes nacionales sobre el cambio climático.
La
contaminación ambiental es un concepto sutil, sin fronteras, con múltiples
focos productores, de poco o mucha intensidad y que afecta prácticamente
a todas las actividades humanas.
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