publicidad publicidad

Buscar en todos los contenidos de Ambientum.com

Volver a la portada

Noticias del dia

>> Buscador de ecotimes

Accede a todas las revistas Ecotimes desde 2001
pulsando aquí o utiliza el buscador por palabras clave

Ambientum en las redes sociales

Hemeroteca del Diario de actualidad

[Ver el último Diario]

Encuentra el Diario que buscas (Escoge una fecha)

Boton

Buscador avanzado (Encuentra la noticia que buscas por palabra clave, sección e intervalo de fecha)

 
desde
Seleccionar fecha
hasta
Seleccionar fecha
 
Boton

publicidad

[Ir a la portada del Diario de hoy]

Legislación

Se exige que se sancione a las empresas que incumplen la normativa REACH

5/7/2010

Nacional

Todavía ninguna comunidad autónoma ha
desarrollado esta normativa./@stock.xchg

REDACCIÓN

redaccion@ambientum.com

CCOO denuncia el incumplimiento generalizado en las empresas españolas de las obligaciones de REACH y CLP en relación a la información y protección de los trabajadores frente a riesgos químicos, basándose en varios estudios realizados por CCOO en España.

Así, entre los años 2007 y 2009 se analizaron FDS de 488 productos utilizados en empresas de Aragón, Cantabria, Cataluña, País Valenciano y Madrid para comprobar si la clasificación del producto incluida en la FDS era correcta. El resultado mostró que sólo el 57% de los productos se clasificaban correctamente.

Por eso, CCOO exige a las administraciones celeridad en la aplicación de los reglamentos REACH y CLP y que se sancione a las empresas que los incumplan para poder revertir la actual situación de  desprotección de los trabajadores frente al riesgo químico. 

Multas de hasta 1.200.000 euros

El pasado 31 de marzo del 2010 se publicó, con 2 años de retraso, la ley 8/2010 - por la que se establece el régimen sancionador de los reglamentos europeos REACH, de registro, evaluación, restricción y autorización-  y CLP de clasificación, etiquetado y envasado de sustancias químicas.

La nueva norma penaliza el incumplimiento por parte de las empresas y proveedores -que produzcan, utilicen o suministren químicos- de las obligaciones establecidas en estos dos reglamentos esenciales para el control del riesgo que generan las sustancias químicas sobre la salud humana y el medio ambiente. La norma prevé multas de hasta 1.200.000 euros, según la gravedad de la infracción y las circunstancias concurrentes.

España ha sido el último país europeo en desarrollar este régimen sancionador (el plazo expiraba el 1 de diciembre de 2008) y además aún no ha completado el proceso de implementación de esta normativa, ya que corresponde a las comunidades autónomas establecer el reparto de responsabilidades entre los diferentes órganos competentes (sanidad, medio ambiente, industria, trabajo, etc.) en la vigilancia, inspección y control. A día de hoy ninguna comunidad autónoma ha desarrollado esta normativa y por tanto aún no se ha aclarado ante qué instancia administrativa hay que denunciar en el caso de que se haya producido una infracción.

Agencia Europea de Sustancias Químicas 

Un estudio de la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) -publicado en junio sobre la situación de la implantación del Reglamento REACH en las empresas y en el que ha participado España- señala que el 24% de las empresas europeas investigadas que producen, utilizan o comercializan sustancias químicas incumple las obligaciones de la norma REACH. El 2,6% utiliza, fabrica o comercializa sustancias ilegalmente considerada falta muy grave según la ley 8/2010 y sancionada con una multa de 85.001 a 1.200.000 euros.

Las fichas de datos de seguridad son la principal herramienta de información a disposición de las empresas usuarias y los trabajadores sobre los riesgos para la salud y el medio ambiente ocasionados por las sustancias químicas y cómo protegerse de ellos. Y no están disponibles en el 11% de las empresas, lo que es considerado una falta grave según la ley 8/2010 y sancionada con una multa de 6.001 a 85.000 euros. Además en el 20% de las empresas estas fichas no estaban escritas en el idioma oficial del Estado o no cumplían con otros requisitos de formato también sancionados con falta grave según la ley 8/2010.

Los datos de la Agencia evidencian que se están produciendo infracciones frecuentes, sancionables hoy por el nuevo reglamento y que deben ser denunciadas ya que se está atentando contra el medio ambiente y la salud y seguridad de los trabajadores en contacto con sustancias químicas.

Si quieres formarte como "especialista en el control de sustancias químicas en la empresa según el Reglamento REACH", conoce nuestro curso de Control de sustancias químicas.

Fuente: Redacción ambientum.com

[Ir a la portada del Diario de hoy]

  • Meneame
  • Delicious
  • Technorati
  • Wikio
  • Reporter MSN
  • Yahoo

 Comentarios Los comentarios de los lectores

Escribe tu comentario

Nombre

Comentario

Correo-e

(no se mostrará en el comentario)

 

Ésta es la opinión de los internautas, no la de ambientum.com.

  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
  • Avísanos de los comentarios fuera de tono.

La Actualidad del Medio Ambiente en imágenes

Un estudio medirá el impacto ambiental del reciclado de vehículos
China planea reducir un 30% los niveles de contaminación para 2020
Repsol YPF eleva su previsión de reservas de hidrocarburos en Argentina
La oposición se une contra la moratoria a las energías renovables
¿Estás dispuesto a pagar por la prevención de especies invasoras?
El País Vasco, pionero en el control de la movilidad eléctrica
El Senado rechaza fijar un horizonte para el cierre gradual de las nucleares
España propone establecer una red de áreas marinas protegidas en el Mediterráneo

Noticias anteriores

05/07/2010

Nube de Tags